Abogada previsional tildó de “engañosa” la modalidad de actualización de los haberes del sector pasivo.
Caso LUSAL: el Ente Regulador va a la Corte con un planteo contra la Municipalidad
Se busca resolver la controversia en torno al cobro del alumbrado público vía factura de EDESA. El organismo también impuso condiciones a la empresa.
Salta 01/09/2022Como anticipó Aries, el Ente Regulador de Servicios Públicos (Enresp) decidió plantear el conflicto de poderes contra la Municipalidad de Salta ante la Corte de Justicia. Se debe al cobro del alumbrado público, a cargo de LUSAL, que se venía ejecutando mediante la factura de luz de EDESA.
El organismo considera que se han invadido sus atribuciones en materia de regulación y control del servicio público de energía eléctrica. También señala que desde hace meses el Departamento Ejecutivo Municipal se niega a darle intervención al Concejo Deliberante, que tiene competencia natural en la materia.
Esta negativa se da pese a que existen “casos de doble y triple cobro del impuesto inmobiliario y la Tasa de Prevención y Protección de Bienes y Personas, la creación ilegal de una unidad parcelaria transitoria y defectos informativos”, se informó en un comunicado.
“La solución está en la Corte de Justicia que deberá resolver si deben corregir las formas en que se cobran los tributos municipales y dar garantías a los usuarios y contribuyentes”, manifestó Carlos Saravia, titular del Enresp e impulsor de la Resolución 1176/22.
En cuanto a la empresa LUSAL, cuyo convenio tampoco estaba autorizado, el ENRESP revisó su criterio y ordenó que continúe el mantenimiento del alumbrado público anexado a la factura de energía eléctrica bajo las siguientes condiciones:
a) Autorización del ENRESP.
b) Comunicación adecuada y veraz al usuario sobre: 1) Vencimiento de la factura, lugar y procedimiento autorizado para el pago; 2) Identificación de la categoría tarifaria y valor de la misma. 3) Resolución de aprobación de los valores tarifarios. 4) Detalle de los descuentos y/o créditos correspondientes y/o de las tasas y/o fondos y/o gravámenes y/o intereses por mora de las cobranzas. 5) Lugar y/o número de teléfono destacado en el frente de la factura que el usuario puede recurrir por fallas en el servicio.
c) Difusión mensual en página web e informes al Concejo Deliberante.
d) Garantía de separación de boletas.
e) Cumplimiento de obligación de eximir a usuarios carenciados.
f) Publicación por LUSAL durante dos días en un diario de amplia circulación de los valores tarifarios aplicables.
g) Publicación de EDESA en su página web de los valores tarifarios.
“LUSAL y EDESA presentaron un nuevo convenio que reconoce y asegura derechos a los usuarios como la separación de boletas, información periódica de lo que se les cobra y publicación de las tarifas en los diarios. Son avances que se dan por el trabajo del ENRESP que tiene un perfil institucional compatible con los intereses de ciudadanos que atraviesan situaciones económicas difíciles y que necesitan protección frente a los excesos del Municipio”, concluyó Saravia.
El hecho sucedió a la altura de la intersección de la vía con Av. Banchik.
Ambos cuerpos legislativos destacan la “consolidación”, desde el 1 de abril de 1990, como una de las radiodifusoras de mayor audiencia de Salta. Especial mención para “Compartiendo su mañana” conducido por el periodista, Mario Ernesto Peña.
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