
Podrán donar, personas de entre 16 y 65 años, con documento de identidad y sin estar en ayunas. También habrá registro de voluntarios para potencial donación de médula ósea.
El Gobernador promulgó este lunes la Ley N° 8381, aprobada por ambas Cámaras.
Salud31/07/2023Este lunes en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta, el Gobernador Gustavo Sáenz, mediante el decreto N° 461, promulgó la Ley N° 8381 por medio de la cual se establece el carácter obligatorio del examen oftalmológico a niños y niñas de los niveles inicial y primario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal y privada de la provincia de Salta.
En su artículo segundo, detalla las funciones del Ministerio de Salud Pública como autoridad de aplicación, en coordinación con el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología:
a) Determinar el contenido del examen oftalmológico por vía de reglamentación.
b) Realizar operativos oftalmológicos para la detección y prevención de patologías visuales, prevención de discapacidades visuales y cegueras evitables, priorizando los operativos destinados a los ingresantes a un nuevo ciclo lectivo.
c) Suscribir convenios con organismos públicos y privados para cumplir las disposiciones de la presente Ley.
Cabe mencionar que dicha ley fue aprobada por el Senado en revisión el 8 de junio último.
Podrán donar, personas de entre 16 y 65 años, con documento de identidad y sin estar en ayunas. También habrá registro de voluntarios para potencial donación de médula ósea.
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