Fondos para indemnizaciones: la UIF flexibilizó controles sobre los aportes de empleadores

La excepción alcanza a aportes realizados a los FAL por su destino específico, trazabilidad y restricciones para utilizar los recursos.
Argentina18/09/2026Ivana ChañiIvana Chañi

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La Unidad de Información Financiera estableció un régimen diferenciado de controles para los Fondos de Asistencia Laboral, creados para contribuir al cumplimiento de obligaciones laborales e indemnizatorias de los empleadores privados.

Los FAL pueden constituirse mediante fideicomisos financieros o fondos comunes de inversión abiertos y sus recursos tienen un destino específico: no están a libre disposición de quienes realizan los aportes.

La UIF consideró que estos fondos presentan un riesgo reducido por distintos factores, entre ellos la identificación de los aportantes mediante CUIT, la trazabilidad de los recursos, la canalización mayoritaria de aportes a través de ARCA, las restricciones de inversión y la supervisión de la Comisión Nacional de Valores.

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A partir de la nueva disposición, los aportes efectuados a los FAL en cumplimiento de las obligaciones establecidas por ley quedarán exceptuados de determinadas medidas, controles, procedimientos y obligaciones previstas por la normativa aplicable.

La excepción también puede alcanzar a contribuciones voluntarias, donaciones, legados y otros ingresos bajo determinadas condiciones.

La propia resolución aclara, sin embargo, que este tratamiento especial no elimina la condición de sujeto obligado que puedan tener las entidades involucradas ni las obligaciones correspondientes a otras operaciones.

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