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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el procedimiento para la importación de Vehículos Automotores Clásicos (VAC) de más de 30 años de antigüedad.
Argentina04/12/2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ( ARCA) reglamentó el procedimiento para la importación de Vehículos Automotores Clásicos (VAC) de más de 30 años de antigüedad y un valor FOB mínimo de USD 12.000, a través del Régimen de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (Vucea).
El procedimiento está detallado en el anexo de la Resolución General 5796/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial y que se da a conocer casi nueve meses después de que la Secretaría de Industria y Comercio estableciera este régimen de importación mediante la resolución 24/2025.
La norma facilita la nacionalización de esos vehículos al simplificar su proceso de importación y remite al decreto 110 de febrero de 1999, en el que se contempló como excepción a la prohibición de nacionalización de vehículos automotores usados, aquellos denominados “modelo de colección” y/o que revisten interés histórico, cuya antigüedad sea superior a los 30 años y su valor FOB no sea inferior a los USD 12.000.
En el anexo de la RG se incluyen las “Pautas procedimentales para la declaración de las autorizaciones de importación de Vehículos Automotores Clásicos”, que establece que para realizar la transacción “el declarante deberá contar con el acto administrativo emitido por la Dirección de Evaluación y Promoción Industrial, dependiente de la Subsecretaria de Gestión Productiva de la Secretaria de Industria y Comercio”.
“Para su validación en el Sistema Informático Malvina (SIM), al momento de realizar la declaración aduanera, el declarante deberá invocar el código de ventaja ‘Vehicolec’ e indicar el código identificador correspondiente a la autorización emitida por la Dirección de Evaluación y Promoción Industrial como información de referencia en el Código de Documento LPCOVUCE0032”, precisó la resolución.
Una vez realizados los controles y validaciones informáticas, de no existir inconsistencias, se permitirá la oficialización de la declaración aduanera, pero en caso de haber inconsistencias de datos, el SIM imposibilitará
la oficialización de la declaración aduanera e informará al declarante los motivos correspondientes, a los fines de su subsanación.
En caso de existir fallas en la comunicación entre los organismos que impidan la transmisión de datos en tiempo y forma u otras fallas de índole informática, ajenas al declarante, que imposibiliten llevar a cabo la validación automática, “se deberá seguir el plan de contingencia establecido en el apartado C) del Anexo de la Resolución General N° 5.384”, emitida en 2023 por la entonces existente Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP).
La medida entrará en vigencia a los diez días hábiles de su publicación, es decir el viernes 19 de diciembre.
Con información de BAE Negocios

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