
Derecho a la salud por sobre la rentabilidad: fallo contra obra social sienta precedente
El fallo es de la Cámara Civil de Apelaciones de Río Gallegos sobre el pedido por el tratamiento de un menor de edad.
La senadora nacional (MC) celebró que se revise la actuación de los magistrados que condenaron a perpetua a Santos Clemente Vera en 2016. “Todos tiene que rendir cuentas”, disparó.
Judiciales01/03/2024Ayer jueves, el Jurado de Enjuiciamiento aceptó la denuncia del diputado José Gauffín, de fecha 23 de diciembre, contra los jueces de la Sala III del Tribunal de Impugnación, Luciano Martini y Rubén Arias Nallar, por su actuación en la condena a prisión perpetua en segunda instancia a Santos Clemente Vera por el brutal crimen de Cassandre Bouvier y Houria Moumni, ocurrido en julio de 2011.
“El fallo de la Corte fue contundente, ha dicho que la condena realizada por los jueces del Tribunal de Impugnación ha sido por fuera de la ley y la ha revocado. No tenían competencia para condenar y lo hicieron en clara oposición a lo que señala el Código Procesal Penal”, destacó – en comunicación con Aries- la abogada y senadora nacional (MC), Sonia Margarita Escudero.
Sobre el curso del trámite para que tanto Arias Nallar como Martini den explicaciones de por qué se arrogaron esa facultad, Escudero resaltó que con el proceso, “la ciudadanía quiere saber la verdad”, apuntando al control y sosteniendo que “los jueces no son intocables”.
“Todos tienen que rendir cuentas”, remarcó.
Sobre el Jury, Escudero opinó que debe hacerse en audiencia oral y pública, cerró.
El fallo es de la Cámara Civil de Apelaciones de Río Gallegos sobre el pedido por el tratamiento de un menor de edad.
La decisión se conoció minutos antes de que comenzara una audiencia en la que iba a abordarse la cuestión. Continúa vigente en cambio la solicitud para mudar el domicilio de la detención.
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