
Mantienen las medidas de contingencia ante la alta demanda eléctrica por la ola de frío polar
Salta02/07/2025Distintos barrios se encuentran con interrupción temporaria en el suministro eléctrico como parte de un esquema rotativo.
Se formalizó este jueves en el Boletín Oficial.
Salta07/12/2023El gobernador, Gustavo Sáenz, promulgó la Ley N° 8402 que adhiere la provincia de Salta a los artículos 20, 21 y 22 de la Ley Nacional N° 24.431 de Protección Integral a las Personas con discapacidad, modificados por Ley Nacional N° 24.314 de accesibilidad de personas con movilidad reducida.
Lo hizo a través del Decreto N° 797, publicado este jueves 7 de diciembre en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta. Acompañado por las firmas del ministro de Salud pública, Federico Mangione; ministro de Economía y Servicios Públicos, Roberto Dib Ashur; y la secretaria General de la Gobernación, Matilde López Morillo.
Los artículos mencionados hacen referencia a la accesibilidad al medio físico.
El artículo 20 establece la prioridad de la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que se remodelen o sustituyan en forma total o parcial con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida.
Se entiende por barreras urbanas, las existentes en las vías y espacios libres públicos. Tales como, itinerarios peatonales; desniveles de todo tipo; escaleras y rampas; parques, jardines, plazas y espacios libres; estacionamientos; obras en la vía pública.
En tanto, el artículo 21 refiere a las barreras arquitectónicas en edificios de uso público o privado y en edificios de vivienda.
Finalmente, el artículo 22 hace referencia a las barreras en los transportes, ya sea en las unidades públicas, estaciones y transportes privados.
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