Salta adhirió a la Ley Nacional de Accesibilidad de personas con movilidad reducida

Se formalizó este jueves en el Boletín Oficial.

Salta07/12/2023Ivana ChañiIvana Chañi

soluciones-accesibilidad-personas-silla-de-ruedas

El gobernador, Gustavo Sáenz, promulgó la Ley N° 8402 que adhiere la provincia de Salta a los artículos 20, 21 y 22 de la Ley Nacional N° 24.431 de Protección Integral a las Personas con discapacidad, modificados por Ley Nacional N° 24.314 de accesibilidad de personas con movilidad reducida.

Lo hizo a través del Decreto N° 797, publicado este jueves 7 de diciembre en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta. Acompañado por las firmas del ministro de Salud pública, Federico Mangione; ministro de Economía y Servicios Públicos, Roberto Dib Ashur; y la secretaria General de la Gobernación, Matilde López Morillo.

Impulsan la modificación de la ley que regula los honorarios de los abogados

Los artículos mencionados hacen referencia a la accesibilidad al medio físico.

El artículo 20 establece la prioridad de la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que se remodelen o sustituyan en forma total o parcial con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida.

Se entiende por barreras urbanas, las existentes en las vías y espacios libres públicos. Tales como, itinerarios peatonales; desniveles de todo tipo; escaleras y rampas; parques, jardines, plazas y espacios libres; estacionamientos; obras en la vía pública.

En tanto, el artículo 21 refiere a las barreras arquitectónicas en edificios de uso público o privado y en edificios de vivienda.

Finalmente, el artículo 22 hace referencia a las barreras en los transportes, ya sea en las unidades públicas, estaciones y transportes privados.

Más noticias
Destacadas

Recibí información en tu mail