La Corte revocó la absolución de Milani por la desaparición de un conscripto en Tucumán

El máximo tribunal dictó su fallo con intervención de dos conjueces y la disidencia de Rosenkrantz; Casación deberá dictar una nueva sentencia.
Política29/09/2026Mariana FríasMariana Frías

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la absolución de César Santos del Corazón de Jesús Milani, el exjefe del Ejército durante el kirchnerismo que fue acusado de encubrir la desaparición de un soldado conscripto en 1976.

La decisión no condena a Milani ni lo declara responsable: devuelve el expediente al punto anterior a 2021. La Cámara de Casación deberá dictar un nuevo pronunciamiento; tendrá que revisar otra vez, con otra integración, si el militar encubrió lo que ocurrió aquella noche de 1976 en Tucumán.

Por mayoría y con la convocatoria de conjueces, el máximo tribunal hizo lugar a los argumentos de la Procuración General, que sostuvo que no estaba justificada la absolución por el beneficio de la duda.

La decisión de la Corte fue firmada por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti y por el conjuez Juan Ignacio Pérez Curci (camarista federal de Mendoza), quienes compartieron e hicieron suyos “en lo pertinente” los fundamentos y las conclusiones del procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal.

Para el procurador, el tribunal y la Cámara Federal de Casación Penal omitieron valorar “exhaustivamente aquellas circunstancias comprobadas de la causa al afirmar que Milani no sabía, ni tenía ningún motivo para pensar que Ledo no había desertado, sino que había sido víctima de un acto criminal por parte de efectivos de las fuerzas armadas”.

Tampoco consideraron que habría mentido cuando consignó que el soldado desaparecido se había llevado sus cosas.

“La única forma de sostener razonablemente que (...) Milani no tenía ningún motivo para pensar que Ledo no se había fugado, sino que había sido víctima de un acto ejecutivo del plan aludido, sería admitir, ingenuamente, que el entonces joven subteniente ignoraba tanto cuál era el objetivo primordial del Ejército en la zona en la que se desempeñaba, como aquellas circunstancias sobre la personalidad de Ledo y el hallazgo de sus pertenencias, que eran conocidas para el resto de los miembros de la comisión”, sostuvo el dictamen.

En un voto concurrente, el conjuez Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas (camarista federal de Salta) coincidió en dejar sin efecto la absolución de Milani, al sostener que los tribunales inferiores hicieron un análisis “en abstracto” del papel de Milani, al considerar la deserción como “un mero trámite burocrático”, olvidando que la víctima ya había sido identificada como “marxista” y teniendo en cuenta la condena que en el mismo juicio se dictó contra Esteban Sanguinetti, oficial superior de Milani cuando ocurrieron los hechos.

La Nación.

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