
Voto unánime a favor de la jueza de Las Pailas que desalojó 44 y no 4 hectáreas

Luego del polémico desalojo de la comunidad diaguita Kallchaquí de las Pailas, en Cachi, la jueza del caso, María Fernanda Diez Barrantes fue denunciada por faltas procesales. Aunque el jury de enjuiciamiento no llegó muy lejos: la declararon inadmisible.
El 7 de julio, el Jurado de Enjuiciamiento recibió la denuncia, pero el 10 de agosto pasado, la declaró inadmisible. Fundamentó que la denuncia por la actuación de la jueza María Fernanda Diez Barrantes en el caso Las Pailas no aportó elementos suficientes para configurar mal desempeño o incumplimiento de sus deberes. Sus integrantes entendieron que los cuestionamientos expresaban, principalmente, una disconformidad con decisiones judiciales que debían ser discutidas por las vías procesales ordinarias y no mediante un proceso de remoción.
La resolución lleva las firmas de la presidenta del Jurado de Enjuiciamiento, Teresa Ovejero Cornejo y su par, Pablo López Viñals; del representante del Senado, Jorge Soto (por la mayoría) y de Enrique Cornejo Saravia (por la minoría), más la del abogado del foro, Guillermo López Mirau.
Por la Cámara de Diputados, firmaron Esteban Amat Lacroix (por la mayoría) y Socorro Villamayor (minoría). También, el abogado de Diputados, Pedro Mellado y el fiscal de Estado, Juan Agustín Pérez Alsina
Por qué pedían su remoción
El 30 de junio, la comunidad presentó formalmente ante el Jurado de Enjuiciamiento la solicitud de apertura del proceso contra la jueza María Fernanda Diez Barrantes, con pedido de suspensión provisional inmediata y destitución por las causales de mal desempeño e incumplimiento de los deberes de funcionario.
Con el patrocinio de la abogada Verónica Huber y el abogado Martín Plaza Schaefer, los referentes indígenas Ulises Yanes y Héctor Fabián, integrantes de la Comunidad Diaguita Kallchaki Las Pailas, acusaron a la jueza civil y comercial por “las flagrantes irregularidades y omisiones fundamentales". La acusaron, entre otras cosas de omitir mandatos judiciales y no dar intervención a organismos competentes.
En el 2013 la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, a raíz de la denuncia de Florencia Wayar (funcionaria judicial), María Carolina Wayar y Oscar Gerardo Wayar Díaz en contra del comunero, hizo lugar al desalojo de 4 hectáreas, pero pidió que obligatoriamente se verificara si estaban comprendidas dentro de territorio indígena relevado. Trece años después, una vez desempolvada la causa, el abogado de los Wayar, Hipólito Irigoyen, presentó el proyecto de oficio de lanzamiento en el que “omite la limitación textual de ‘fracción de 4 hectáreas de inmueble rural de mayor extensión’”. En cambio, sí hizo referencia a la matrícula 1.025 que comprende las más de 40 hectáreas. Así fue como que se desalojaron diez veces más de lo ordenado, incluyendo territorio indígena relevado en el que habían 24 familias, entre ellos niños niñas y discapacitados.


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