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A través de la disposición 68/2026, ANMAT revocó la habilitación para tránsito interjurisdiccional a 54 droguerías en todo el país por tener certificados vencidos.
Argentina21/01/2026
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ordenó la prohibición de la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales fuera de la provincia de Buenos Aires a una firma dedicada a la venta de medicamentos, insumos odontológicos y equipamiento, tras comprobar la distribución no autorizada de fármacos entre jurisdicciones.
La resolución publicada este miércoles se mantendrá hasta que la empresa DENTAL Y MEDIQUIL SA obtenga la habilitación específica exigida por la disposición del organismo N° 7038/15, según se desprende de la reciente normativa, 68/2026. Como consecuencia, las autoridades le aplicaron un sumario tanto a la firma como a su director técnico.
Las actuaciones se originaron a raíz de una inspección realizada en abril del año pasado en una veterinaria ubicada en el barrio porteño de La Paternal. En ese operativo, los inspectores de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud detectaron facturas emitidas por la firma que acreditaban la venta de medicamentos a un establecimiento situado por fuera de la provincia de Buenos Aires.
La droguería reconoció la autenticidad de la documentación, precisando que, si bien el domicilio consignado en las facturas -Lavalle 67, Quilmes, provincia de Buenos Aires-, corresponde al domicilio fiscal, la habilitación sanitaria otorgada por las autoridades bonaerenses rige para la sede ubicada en Carabelas 16, Bernal, partido de Quilmes. Pese a la aclaración, la ANMAT confirmó que la empresa carecía de autorización para realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos.
“Lo detallado ut-supra surge que la documentación de comercialización observada (facturas) en una veterinaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fue reconocida como propia y original de DENTAL Y MEDIQUIL SA, firma carente de habilitación ante la Disp. 7038/15 para realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos; en tal oportunidad la firma no opuso opinión en contrario sobre actuaciones efectuadas y labradas en el acta de inspección”, explicaron las autoridades del organismo en el texto.
Además, en el informe elaborado por el Departamento de Control de Mercado, se consideró demostrada la distribución ilegal de medicamentos fuera del ámbito permitido. En consecuencia, se impuso “la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales”, notificando a la Autoridad Sanitaria jurisdiccional para las acciones correspondientes.
ANMAT también revocó la habilitación para el tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales a 54 droguerías en Argentina. Esta medida tiene como eje central la protección de la salud pública y la garantía de que sólo aquellos establecimientos que mantienen su situación normativa al día puedan operar, según lo informado oficialmente en el Boletín Oficial. El objetivo es fortalecer los controles y blindar la trazabilidad en la cadena de distribución de medicamentos, limitando el accionar de empresas que no cumplen con los requisitos indispensables para su funcionamiento.
En el documento donde se fundamenta la decisión, la ANMAT precisó que la baja de las habilitaciones resulta del control de certificados vencidos y de trámites de inscripción que no se realizaron en el plazo exigido. De acuerdo con la normativa vigente, los certificados de buenas prácticas tienen una validez de cinco años y requieren ser renovados con al menos sesenta días de anticipación. En todos los casos alcanzados, las firmas no habían gestionado la actualización a tiempo, lo que constituye una infracción grave que imposibilita la continuidad de su actividad comercial.
La resolución también impactó en dos empresas registradas como importadoras y exportadoras de especialidades medicinales, las cuales quedaron inhabilitadas para operar en mercados internacionales. Según el organismo, ambas compañías carecían del certificado activo en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), condición exigida para desenvolverse en el comercio exterior. La ANMAT sostuvo que este accionar persigue minimizar riesgos sanitarios y asegurar la seguridad en la distribución de medicamentos en toda la jurisdicción nacional e internacional.
Entre las droguerías afectadas se encuentran firmas con operaciones en distintas regiones del país, como la Provincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Corrientes, Mendoza, Córdoba, Salta, Chaco, Misiones, Santa Fe, La Pampa, San Juan, La Rioja, Río Negro y Tucumán. Dentro de la nómina sobresalen nombres como DROGUERÍA JAVA DE BIOSEGURIDAD ARGENTINA S.A., DROGUERÍA URBANA S.A., DROGUERÍA MULTIMED S.R.L., ULTRA PHARMA S.A., DROGUERÍA FARMACOM S.A., DROGUERÍA BRAYTON FARMACÉUTICA DE ARGENTINA S.A., DROGUERÍA EFG FARMA S.A., GALENICA S.R.L. y DROGUERÍA BATIA S.R.L.
Con información de Infobae

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