
Fondos laborales: Economía fija dónde podrá invertirse el dinero de las prestaciones
Ivana Chañi
El Ministerio de Economía estableció las reglas para invertir los recursos de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), creados para afrontar las prestaciones previstas en el nuevo régimen laboral.
La decisión fue formalizada mediante la Resolución 1276/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La norma establece que los fondos podrán invertirse en deuda nacional y provincial, depósitos bancarios y obligaciones negociables emitidas por empresas privadas.
Para limitar riesgos, Economía fijó topes. La deuda emitida por provincias y la Ciudad de Buenos Aires podrá representar hasta el 15% del patrimonio total, con un máximo del 5% por jurisdicción. Las obligaciones negociables privadas tendrán un límite agregado del 20%.
Los títulos provinciales y privados deberán tener además una calificación de riesgo AAA otorgada por al menos dos calificadoras registradas ante la CNV.
La resolución obliga a mantener al menos el 10% de los fondos en activos líquidos y de bajo riesgo. También dispone que todos los activos deberán estar integrados y ser pagaderos en pesos.
La Comisión Nacional de Valores tendrá 45 días para dictar las normas complementarias necesarias para implementar el sistema.


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