
El efectivo habría disparado al aire para dispersar a hinchas y jugadores que lo rodeaban.
El monto de los premios de estímulo no podrá exceder lo equivalente a un sueldo percibido por cada empleado.
Salta26/12/2024El gobierno de la Provincia, a través de la Ley N°8473, modificó el art. 380, del Decreto Ley Nº 9/75, modificando las disposiciones con las que, empleados de la Dirección General de Rentas percibían el Fondo estimulo.
Dicho artículo establece que se acreditará con el diez por mil (10 %o) del importe de la recaudación de impuestos, tasas y contribuciones cuya percepción efectúe la citada repartición, más el veinticinco por mil (25 %o) sobre el incremento interanual registrado en cada mes y se debitará por las sumas que se destinen al otorgamiento de premios de estímulo al personal de la citada dependencia.
Así también, el monto de los premios de estímulo no podrá nunca, exceder el monto equivalente a un sueldo que por todo concepto, remunerativos o no, sean percibidos por cada beneficiario, sin incluir para dicho cálculo este premio.
El cinco de diciembre, cuando el Senado aprobó las modificaciones, el representante de Orán, Juan Cruz Curá afirmó que “el objeto del Fondo es premiar el esfuerzo de los agentes, pero debe ser de una manera justa y proporcional. Se debe garantizar que los incentivos sean acordes al contexto actual”.
El efectivo habría disparado al aire para dispersar a hinchas y jugadores que lo rodeaban.
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