El gobierno confirmó tres días no laborales en 2025: “No se paga doble”

Nación definió tres nuevos días no laborables durante 2025, en donde el empleador decidirá si se trabaja y no está obligado a pagar doble jornada.

Argentina22/11/2024Agustina TolabaAgustina Tolaba

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Mediante el Decreto 1027/2024, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional definió como días “no laborables” el viernes 2 de mayo, en la antesala del 1 de mayo -Día del Trabajador-; el viernes 15 de agosto, previo al 17 de agosto -Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín-; y el viernes 21 de noviembre, cercano al 20 de noviembre -Día de la Soberanía Nacional-, que se trasladará al lunes 24 de noviembre.

Por Aries, el abogado laboralista, Cesar Rodríguez Galindez, explicó que “a diferencia con años anteriores, estos días utilizados para promover los feriados, se los calificaba como feriados, aplicándose las normas de descanso dominical, es decir, hay una prohibición de trabajar y de hacerlo, se debe pagar doble”.

Es así que, determinar si se asiste a los puestos laborales durante estos días “no laborables” es facultad del empleador y, de requerir que el trabajador asista, no está obligado a pagar la doble jornada.

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En el 2025, se contabilizan un total de 19 días festivos y el calendario quedó de la siguiente forma:

Enero

  • Miércoles 1: Año Nuevo (feriado inamovible).

Marzo

  • Lunes 3 y martes 4: Carnaval (feriados inamovibles).
  • Lunes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).

Abril

  • Miércoles 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible).
  • Jueves 17: Jueves Santo (día no laborable).
  • Viernes 18: Viernes Santo (feriado inamovible).

Mayo

  • Jueves 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
  • Viernes 2: No laborable con fines turísticos.
  • Domingo 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).

Junio

  • Lunes 16: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se traslada desde el martes 17, feriado trasladable).
  • Viernes 20: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible).

Julio

  • Miércoles 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).

Agosto

  • Viernes 15: No laborable con fines turísticos.
  • Domingo 17: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable).

Octubre

  • Domingo 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable).

Noviembre

  • Viernes 21: No laborable con fines turísticos.
  • Lunes 24: Día de la Soberanía Nacional (se traslada desde el jueves 20, feriado trasladable).

Diciembre

  • Lunes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
  • Jueves 25: Navidad (feriado inamovible).

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