
Los menores de edad no tienen permitido el acceso a las unidades de SAETA
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Sólo pueden acceder a los colectivos quienes deban desplazarse a sus lugares de trabajo y que se encuentran comprendidos en las excepciones del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
En todos los casos deben presentar el permiso o declaración jurada de circulación o tarjeta COVID-19.
Se recuerda además la restricción para subir a los colectivos de todas aquellas personas que integran los grupos de riesgo (jubilados, embarazadas, personas que requieran control y seguimiento médico, etc). Solo podrán hacerlo los jubilados en caso de cobro de haberes y quienes deban recibir atención sanitaria con el comprobante del turno médico.
Quienes deban realizar trámites en entidades bancarias, deberán presentar el TURNO BANCARIO que funciona como permiso de circulación para ese momento.
Para el cobro de jubilaciones sus titulares deberán presentar su DNI, cuya terminación debe coincidir con la fecha determinada en el cronograma establecido por ANSES.



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