La Corte Suprema confirmó qué juzgados seguirán investigando a Emiliano Estrada

El tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, adhirió "de conformidad" con lo dictaminado por el procurador general interino, Eduardo Casal, y ordenó remitir las actuaciones al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7 de Buenos Aires. Además, dispuso notificar la decisión al Juzgado Federal de Garantías N° 2 de Salta y al Juzgado de Garantías de Octava Nominación del Distrito Judicial Centro de la provincia.
Un conflicto de competencia de tres
El expediente había llegado a la Corte para dirimir un "conflicto tripartito" entre tres tribunales: el Juzgado Federal N° 2 de Salta, el Juzgado de Garantías de 8va. Nominación de esa provincia y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7 de la Capital Federal.
La causa había comenzado en el juzgado provincial de 7ma. nominación de Salta, que dividió el caso en dos hechos: por un lado, la campaña de noticias falsas contra figuras públicas locales, y por otro, el uso de dos asesores contratados por el Congreso de la Nación para ejecutar esa campaña, conducta que fue calificada como un posible peculado de servicios por utilizar recursos públicos en beneficio personal del legislador.
El juzgado salteño remitió a la Justicia Federal solo lo referido a la eventual afectación de fondos del Tesoro nacional, es decir, el presunto peculado, y mantuvo para sí la investigación de los demás implicados por el delito de intimidación pública. Paralelamente, en Buenos Aires ya tramitaba una denuncia por los mismos hechos contra Estrada, radicada en el juzgado federal N° 7 porteño, que entendió que correspondía a la Justicia local juzgar la difusión de noticias falsas y reservó para el fuero federal capitalino únicamente el presunto peculado, por haberse cometido en la sede del Congreso, donde el diputado ejercía su mandato.
Mientras tanto, en la causa provincial por la difusión de noticias falsas, los exasesores de Estrada, ya habían sido condenados como partícipes en un juicio abreviado celebrado en mayo de 2025, ante el juez de Garantías de 7ª Nominación, Pablo Zerdan; quedando pendiente únicamente el juzgamiento de Estrada como autor, demorado hasta ahora por los fueros que lo amparaban como diputado, hasta diciembre de 2025. Ese expediente pasó al juzgado de Garantías de 8va. nominación para preservar la imparcialidad, dado que el juez anterior ya se había expedido sobre el caso al condenar a los partícipes.
La resolución que destrabó el conflicto
Según reconstruye el dictamen de Casal, la controversia entre los jueces federales de primera instancia —Salta y Buenos Aires—había sido resuelta antes de que el expediente llegara a la Corte. La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, declaró el 10 de febrero pasado que el juzgado federal de la ciudad de Buenos Aires es el que debe entender en la causa por peculado contra Estrada.
Con la competencia por el peculado ya asignada a Buenos Aires y la de la difamación reservada a Salta, el conflicto original que había motivado la intervención de la Corte perdió sentido práctico, por lo cual el procurador consideró la cuestión "abstracta" y un pronunciamiento del alto tribunal, "inoficioso". La Corte hizo suyo ese razonamiento sin agregar fundamentos propios.
Qué sigue para Estrada
Como resultado del fallo, la investigación contra el diputado salteño quedó dividida entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7 de Buenos Aires, que continuará indagando la presunta malversación de fondos públicos vinculada a la contratación de asesores del Congreso para tareas ajenas a la actividad legislativa. En paralelo, el Juzgado de Garantías de la Octava Nominación de Salta seguirá adelante con la causa por la campaña de difamación a través de redes sociales, en la que sus exasesores ya fueron condenados y donde resta definir su situación como presunto autor intelectual.


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