Billeteras virtuales: una deuda bancaria no habilita débitos automáticos

Una especialista explicó que los débitos por deudas bancarias requieren condiciones y autorización, aunque existen otros mecanismos ante obligaciones fiscales.
Economía02/09/2026

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La discusión sobre qué puede pasar con el dinero depositado en cuentas y billeteras virtuales cobró fuerza tras la entrada en vigencia del nuevo sistema de Cobro con Transferencia, implementado por el Banco Central en un contexto de creciente morosidad crediticia.

Desde el 31 de agosto, bancos y billeteras virtuales pueden utilizar este mecanismo para cobrar cuotas de determinados préstamos desde una cuenta del cliente en otra entidad. El objetivo es facilitar el recupero de créditos y reducir los problemas de mora, aunque el débito no es automático ni indiscriminado: requiere la autorización previa y expresa del usuario.

La contadora de Hermosinda Egüez explicó en Pelo y Barba, que tener una deuda bancaria no habilita automáticamente a una entidad a retirar dinero de una cuenta o billetera virtual. Para que ese mecanismo pueda aplicarse deben cumplirse determinadas condiciones y existir una autorización previa del titular.

“No es para cualquier crédito, tiene que tener algunas condiciones. No es automático, es como el resto de los débitos: tiene que autorizarlo”, explicó la especialista.

La situación puede ser diferente cuando existen deudas fiscales o procesos de ejecución. En esos casos, organismos tributarios o la Justicia pueden avanzar sobre fondos depositados en cuentas mediante procedimientos específicos, que no funcionan de la misma manera que el débito de una cuota bancaria.

La contadora advirtió además que el problema suele agravarse para pequeñas y medianas empresas que acumulan obligaciones impositivas. “Cuanta más antigua es la deuda, más se incrementa. No te permite sacar la cabeza del agua”, sostuvo, al referirse al peso de los intereses, embargos y ejecuciones fiscales.

También cuestionó la información que reciben los contribuyentes por parte de ARCA. “Brinda información a medias, renga, no se entiende y entorpece las dificultades de las medianas y pequeñas empresas del país”, afirmó.

Así, el punto central no pasa únicamente por las billeteras virtuales: una deuda común no permite retirar fondos de manera automática, pero una ejecución fiscal o judicial sí puede derivar en medidas sobre cuentas y activos, según el procedimiento y el origen de la obligación.

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