
La empresa justificó la desvinculación por la pérdida de confianza y la violación a los deberes de buena fe, un criterio que avaló la Cámara al considerar probada la conducta irregular.


En su columna en Aries, el abogado Napoleón Gambetta analizó un fallo reciente que resolvió un caso de consumos no reconocidos con tarjeta de crédito. La Justicia determinó que hubo culpa compartida.
Judiciales10/11/2025
Ivana Chañi
En su espacio habitual en Aries, el abogado Napoleón Gambetta repasó un fallo judicial reciente que resolvió un conflicto entre un banco y un cliente que desconoció consumos con su tarjeta de crédito extraviada.
El caso, resuelto por la Cámara Civil y Comercial de Azul (Buenos Aires), terminó con una decisión inusual: la responsabilidad fue compartida. El usuario perdió la tarjeta el 27 de diciembre, la denunció dos días después y recién el 29 avisó al banco sobre gastos que no reconocía.
“El cliente fue negligente porque tardó en reportar la pérdida y tampoco avisó que había extraviado su documento”, explicó Gambetta.
El banco, por su parte, no presentó pruebas concretas de haber investigado los consumos que decía válidos.
“La Justicia entendió que el banco mintió al afirmar que investigó; no aportó nada que lo demostrara”, agregó el abogado.
El resultado fue culpa 50 y 50: el cliente debió pagar la mitad de los gastos y el banco cubrir la otra mitad.
“Si el banco hubiese hecho una investigación mínima, se habría eximido. Pero tampoco cumplió su deber legal”, señaló.
Gambetta resumió la enseñanza del fallo en una frase: “Si te roban o perdés la tarjeta, no esperes. Avisá enseguida al banco. Y revisá tus consumos: la negligencia se paga”.

La empresa justificó la desvinculación por la pérdida de confianza y la violación a los deberes de buena fe, un criterio que avaló la Cámara al considerar probada la conducta irregular.

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