Corte de Justicia y MPF, ejes de las objeciones de los abogados a la reforma del Código Procesal Penal

El director del Instituto de Derechos Procesal Penal del Colegio de Abogados de Salta advirtió sobre una "especie de arbitrariedad" para el Ministerio Público Fiscal en el proyecto de reforma.

Política09/09/2025Ivana ChañiIvana Chañi

ciudad judicial

En Aries, el director del Instituto de Derechos Procesal Penal del Colegio de Abogados de Salta, Dr. Pedro Arancibia, se refirió al proyecto de reforma del Código Procesal Penal, en especial, a las facultades que tendrá la Corte de Justicia y el Ministerio Público Fiscal.

El letrado indicó que la Corte de Justicia de Salta venía "reglamentando por acordadas algunos esquemas de procedimiento que no lo podría hacer". Arancibia sostuvo que la implementación de las audiencias multipropósito y flexibles venía a "legalizar algo que era de dudosa constitucionalidad".

El director del Instituto también cuestionó la facultad que tendrá el Ministerio Público Fiscal. "Hay una especie de arbitrariedad respecto de qué delitos puede perseguir y qué delitos por cuestiones de política criminal no le interesa y no puede perseguirlos. En eso no estamos de acuerdo porque nos parece que el Ministerio Público Fiscal tiene que perseguir todos los delitos", afirmó Arancibia. El abogado calificó el asunto como "bastante grave", al referirse al artículo 10 inciso F del nuevo proyecto.

Arancibia también hizo reparos a la ausencia del artículo 4 del Código actual, que establece que la Corte de Justicia no puede legislar procesalmente por acordada. "Eso también me preocupa, porque por lo menos nos gustaría saber que esa práctica ya no se va a dar y no indica eso que vaya a suceder", advirtió.

Finalmente, Arancibia alertó sobre la gestión de evidencia tecnológica: “Nada dice el proyecto sobre qué se hace con la información extraída de un dispositivo. Proponemos que se regule su destrucción, porque puede quedar circulando y ser muy peligroso”.

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