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El documento fue expuesto ante el Consejo de la Magistratura luego de que el Ejecutivo y calificaron a la cautelar de "censura previa inconstitucional".
Judiciales04/09/2025
El Observatorio del Derecho a la Ciudad presentó un pedido de remoción del juez federal Alejandro Patricio Maraniello, quien llevó adelante la cautelar que solicitó el Poder Ejecutivo Nacional con el fin de prohibir la difusión de los audios de la secretaria de presidencia, Karina Milei, que estarían vinculados a los casos de corrupción en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y su ex titular, Diego Spagnuolo.
La presentación fue realizada por el fundador del Observatorio, el abogado Jonatan Baldiviezo; la ex candidata a legisladora porteña y miembro del Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos, María Eva Koutsovitis; el economista, ex director del Banco Nación y presidente de Unidad Popular, Claudio Lozano y el abogado y politólogo Marcos Zelaya, quienes consideran que esta medida es un acto de “censura previa inconstitucional”.
“Presentamos formalmente ante el Consejo de la Magistratura una denuncia y solicitud de inicio del procedimiento de remoción contra el Juez Federal N° 5, Dr. Alejandro Patricio Maraniello porque nuestro objetivo es que sea apartado de su cargo por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones", sostuvieron mediante un comunicado.
En el mismo documento, remarcaron que “la razón principal” de la presentación es la medida dictada por el magistrado, el pasado 1º de septiembre, mediante la cual ordenó la "cesación inmediata de la difusión" de material periodístico de los audios atribuidos a la secretaria de la Presidencia.
Para el Observatorio, esta resolución judicial “vulnera de forma flagrante y directa” el Artículo Nº 14 de la Constitución Nacional y el Artículo Nº 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica).
Además, esta cautelar fue emitida "sin plazo y sin sujeto pasivo", lo que la transforma en una prohibición que “podría durar para siempre y que no tiene límites claros”, situación que termina afectando a cualquier persona o medio, creando un "bozal legal" que impacta “de manera amplia” y tiene “un efecto intimidante” sobre toda la prensa y la ciudadanía.
Para finalizar, destacaron que el propio Maraniello admitió “no estar en conocimiento del contenido de los audios” que se prohíben y basó su justificación “en una mera especulación de graves repercusiones": “Esto es un acto de manifiesta arbitrariedad”, agregaron.
“Consideramos que esta decisión no es un simple error jurídico, sino una grave desviación de los deberes de un magistrado de la Nación, atacando la labor de periodistas como Mauro Federico y Jorge Rial, y socavando la libertad de prensa y el derecho fundamental de la sociedad a estar informada sobre asuntos de interés público”, concluyeron.
Con información de Noticias Argentinas

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