El Gobierno eliminó el "feriado" por el Día del Empleado Público

El presidente Javier Milei firmó el decreto 430/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial, que elimina el feriado para los empleados de la Administración Pública Nacional correspondiente al Día del Trabajador del Estado, celebrado cada 27 de junio. La noticia había sido adelantada por Manuel Adorni este miércoles en conferencia de prensa. De esta manera, los empleados públicos no tendrán fin de semana largo.
La medida, que deroga el artículo 2° de la Ley 26.876, obliga a los estatales nacionales a trabajar con normalidad en esa fecha, aunque el día no será considerado hábil administrativo para el cómputo de plazos legales.
La decisión afecta a todos los trabajadores de la Administración Pública Nacional, quienes hasta ahora gozaban de un día de descanso equiparado a un feriado nacional. El decreto, firmado en acuerdo general de ministros, lleva las firmas de Guillermo Francos, Gerardo Werthein, Luis Andrés Caputo, Mariano Cúneo Libarona, Patricia Bullrich, Mario Iván Lugones, Sandra Pettovello y Federico Adolfo Sturzenegger.
El texto oficial justifica la medida señalando que, al finalizar 2025, serán 19 feriados nacionales, ubicando a Argentina entre los países con mayor cantidad de días no laborables en el mundo. El Gobierno argumenta que la gestión pública debe orientarse a la eficiencia y a la solución de problemas concretos de la ciudadanía.
En los considerandos, el decreto sostiene: “No es adecuado que la Administración Pública Nacional no preste tareas durante el día señalado por la norma, mientras que el resto de la población lleva adelante su jornada laboral con normalidad”. Además, el texto remarca que “los principales perjudicados por lo dispuesto en la mencionada Ley N° 26.876 son los argentinos, que deben cargar con el costo que implica la adopción de una medida de tal naturaleza”.
El texto aclara que la medida es de forma excepcional y aplica solo para este 27 de junio de 2025.
El decreto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional, que habilita la emisión de Decretos de Necesidad y Urgencia. El texto recuerda que la Ley 26.122 regula la intervención del Congreso en el control de estos decretos, y dispone que la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación deberá pronunciarse sobre la validez o invalidez de la medida en un plazo de diez días hábiles.
El artículo 3° establece la entrada en vigencia inmediata tras su publicación en el Boletín Oficial, y el artículo 4° instruye dar cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.
La medida se enmarca en la política del Gobierno nacional de reducir la cantidad de feriados y días no laborables en el sector público, con el objetivo declarado de fortalecer la cultura del trabajo y mejorar la eficiencia administrativa. El decreto enfatiza: “Es indispensable restituir el valor de la cultura del trabajo a lo largo de todo el país, lo cual se logra tanto con políticas públicas de largo plazo como con pequeñas decisiones concretas”.
La decisión del Ejecutivo se produce en un contexto de reformas orientadas a la reducción del gasto público y a la promoción de la productividad, y se suma a otras iniciativas que buscan modificar el régimen de feriados y licencias en la administración nacional.
Con información de Infobae
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