
La semana cierra con gobiernos expectantes por situaciones que tendrán fuerte impacto en el devenir del país.


El gobierno nacional ha tomado por norma la violación sistemática de la Constitución Nacional.
Opinión24/03/2025 Juan Manuel Urtubey
En esta oportunidad lo hizo con el aval de la Cámara de Diputados de la Nación.
La reciente aprobación por parte de la cámara baja del decreto de necesidad y urgencia representa un escalón aún más bajo para la ya muy maltratada institucionalidad de nuestro país.
Mas allá de las consideraciones sobre la cuestión de fondo, respecto de la conveniencia de seguir endeudándonos con el Fondo Monetario Internacional para seguir con la timba financiera, la validación del decreto presidencial es de una gravedad inusitada.
Primero debemos tener en cuenta que la Constitución Nacional prevé en su art. 75, inciso 7 que corresponde al Congreso Nacional arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación, estableciendo asimismo, en el inciso 22, que el Poder Legislativo es el que tiene la potestad de aprobar o rechazar tratados y concordatos con las organizaciones internacionales.
Asimismo, el artículo 76 de la Constitución Nacional prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca.
Nuestra Constitución, no autoriza a otro poder del Estado a delegar facultades legislativas del Congreso al Poder Ejecutivo. Mucho menos a este último para auto delegarse esas facultades.
El decreto aprobado no establece un plazo fijo para el ejercicio de la delegación, ni el monto total del endeudamiento, ni la tasa de interés que se aplicará y menos aún las metas y condiciones impuestas por el FMI. No es más que un cheque en blanco que no aprueba una operación de crédito sino más bien, una auto delegación que se hace el propio Poder Ejecutivo Nacional, contraviniendo, por cierto, los requisitos del artículo 76.
Sumado a todo lo dicho, es discutible también la justificación de la utilización del DNU, basada en la urgencia de fortalecer la situación del Banco Central de la República Argentina para estabilizar la situación económica de la Nación. Si, la deuda es para financiar el Banco Central que el presidente quería cerrar.
El decreto de necesidad y urgencia es un instituto de emergencia previsto para situaciones muy específicas, no para convertirse en una herramienta para alterar las competencias previstas por la propia Constitución.
El accionar del gobierno profundiza la concentración de poder en el Ejecutivo, hipotecando el futuro del país y lastimando el sistema republicano y federal.

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