AFIP ajusta reglas para importadores y exportadores

Las nuevas medidas se efectivizaron mediante las Resoluciones 5586 y 5587 de la AFIP (ahora ARCA) publicadas en el Boletín Oficial.

Economía22/10/2024

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El Gobierno dejó sin efecto este martes dos normas que apuntan agilizar el comercio exterior. Se trata de la derogación de la resolución 701/99 y 799/2000 de AFIP, que estipulaba que los organismos representantes de cada sector debían tener un “veedor” en Aduana. También eliminó los valores de referencia para la exportación.

Lo hizo mediante las Resoluciones 5586 y 5587 de la AFIP (ahora ARCA) publicadas en el Boletín Oficial. Para el Ejecutivo, estas regulaciones implicaban un “sobrecosto” para importadores y exportadores.

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El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, señaló que estas decisiones generan “más rentabilidad al sector privado, más transparencia y menos corrupción en el sector público”.

Estos cambios se suman a la eliminación de las estampillas “verdes” en los productos importados y los llamados valores criterio, un instrumento que tenía la Aduana para identificar posibles maniobras abusivas en el comercio exterior, como la subfacturación o sobrefacturación en las importaciones.

Modificaciones en los canales de exportación e importación

La Resolución General 5587/24 no solo elimina los valores de referencia, sino también el Canal Rojo Valor, un mecanismo que imponía controles adicionales en las exportaciones con precios por debajo del valor referencial. De acuerdo con el texto de la resolución, las destinaciones definitivas de exportación seguirán cursando por los canales de selectividad habituales, aunque podrán ser sometidas a un control posterior, según lo establecido en la Resolución General AFIP 5002/21.

Esta disposición permite a la AFIP realizar controles ex post para evaluar la correcta valuación de las mercaderías exportadas, lo que, según la administración tributaria, asegura que los controles sigan vigentes de manera más eficiente.

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