Salta: Vendía droga en el penal y generó controversia entre jueces por su condena

El proyecto enviado al Congreso contempla alrededor de 67 obras en distintas jurisdicciones. Para Salta figura el mantenimiento del tramo Abra del Acay-San Antonio de los Cobres.
Judiciales16/09/2026

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Un interno del Complejo Penitenciario Federal NOA III de General Güemes fue condenado a 6 años de prisión por comercializar droga dentro de la cárcel, pero su pena terminó unificada en 8 años y 6 meses debido a una condena anterior. El caso, además, abrió una controversia entre magistrados sobre quién debe disponer la unificación de penas y cuándo hay que hacerlo.

El condenado es David Gabriel Moreno, declarado reincidente por segunda vez, quien además tenía vínculos con una organización narcocriminal que operaba dentro del penal y que fue desbaratada en junio de 2025. La investigación estuvo a cargo del fiscal general Eduardo José Villalba, con intervención de la auxiliar fiscal Roxana Gual.

La causa se originó a partir de dos procedimientos. El 18 de agosto de 2024, durante una requisa, Moreno fue encontrado con 114 gramos de marihuana y más de 30 gramos de cocaína ocultos a la altura de la cintura. El 18 de febrero de 2025, un control mediante body scan detectó que llevaba otros 82 gramos de marihuana. El peritaje determinó que la droga secuestrada equivalía a más de 2.700 dosis.

La Fiscalía también incorporó testimonios y datos extraídos del celular de Moreno para acreditar sus vínculos con la estructura dedicada al ingreso y comercialización de estupefacientes dentro del complejo. En junio de 2025, el operativo contra esa organización derivó en la imputación de ocho internos y una mujer.

La controversia por la pena

Durante la audiencia de control de acusación, la defensa planteó un acuerdo pleno. La Fiscalía propuso 6 años por el nuevo delito, unificados con los 2 años y 6 meses de una condena anterior por transporte de estupefacientes agravado. El resultado era una pena única de 8 años y 6 meses.

Sin embargo, el juez federal de Revisión Guillermo Elías rechazó inicialmente la unificación en esos términos. Consideró que correspondía imponer los seis años por el nuevo delito y que la unificación debía ser resuelta posteriormente por el juez de ejecución.

La Fiscalía impugnó esa decisión y la defensa acompañó el planteo. El caso llegó entonces al juez de la Sala I del Tribunal de Revisión, Santiago French, quien hizo lugar al recurso y homologó el acuerdo.

French sostuvo que, cuando existe una condena firme y se dicta una nueva sentencia contra la misma persona, el juez que dicta la última sentencia debe realizar la unificación, sin diferirla para la etapa de ejecución.

Así, Moreno quedó condenado a 8 años y 6 meses de prisión. El magistrado también señaló que los hechos fueron cometidos antes de la reforma del artículo 58 del Código Penal, realizada en marzo de 2025, que modificó las reglas para determinar las penas unificadas.

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