Desalojos exprés: hay más de 250 conflictos activos en tierras nacionales y provinciales

El Gobierno buscará utilizar los procesos judiciales “sumarísimos” de “desalojo exprés” para desplazar a las comunidades originarias.
Sociedad10/08/2026

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Con los casos de Rafael Nahuel y Santiago Maldonado a cuestas, Patricia Bullrich adelantó en el Senado que ese es el fin que buscarán darle a la nueva herramienta que, sin extranjerización ni cambio de usos de tierras incendiadas, logró sostener la aceleración de los desalojos de cara al tratamiento en Diputados. En Argentina hay más de 250 conflictos activos en tierras nacionales y provinciales, y los especialistas advierten que el nuevo procedimiento servirá también para envalentonar a los gobernadores en sus ansias de desalojar pese a que no alcance a la normativa provincial.

La resquebrajada media sanción de la ley de “inviolabilidad de la propiedad privada” en la Cámara Alta le dejó a la senadora oficialista algún motivo para festejar en medio de la derrota. Está más cerca de poder desalojar más fácil y lo celebró en sus redes sociales: “Basta de okupas y usurpadores”, tituló al video en el que anunciaba el fin de la Argentina del “reino del revés” en el que “si se quedaban con tu campo, esperabas”.

La publicación anterior es bastante más siniestra. En la previa al debate en el Senado, Bullrich anunció el tratamiento del proyecto con una foto del conflicto por las tierras reclamadas por el Pu Lof en Resistencia en el departamento de Cushamen, provincia de Chubut. La imagen original muestra a tres activistas levantando sus puños con dos banderas negras colgadas sobre el alambrado: “Territorio mapuche”, dice una, “fuera Benetton”, dice la otra. La imagen fue captada en el marco del conflicto que en agosto de 2017 terminó en el operativo represivo de Gendarmería y el crimen de Santiago Maldonado.

Aunque pasó algo desapercibido por debajo de los usos que la nueva ley busca introducir en los desalojos de inquilinos en alquileres de casas y departamentos urbanos, uno de los objetivos principales del gobierno es utilizar el cambio de normativa para acelerar ese tipo de operativos de desalojos de comunidades originarias.

La propia Bullrich lo dejó claro en el recinto, en medio de una discusión con la senadora de la UCR, Edith Terenzi, que argumentaba que el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación --ley que formalmente busca reformar el proyecto-- no es aplicable en las provincias que ya cuentan con normativa para desalojar.

Algo desordenada en su discurso, Bullrich se mostró apurada en aclarar: “El Código no se aplica solo en CABA, se aplica en todos los lugares donde está el Estado nacional. Por ejemplo: hay una usurpación en el Parque Nacional Los Alerces, en Chubut. ¿Qué rige? El Código Civil y Procesal de la Nación y lo maneja la Justicia federal”.

El ejemplo no es casual. En Los Alerces radican diversos conflictos como el que protagoniza el Lof Pailako desde 2020. Allí, en la zona del paraje de guardaparques El Maitenal, Bullrich encabezó en enero de 2025 un megaoperativo tras el que anunció que “se realizó exitosamente el desalojo en el Parque Nacional Los Alerces”. Aunque lo cierto es que los y las integrantes del Lof ya se habían retirado antes pacíficamente, el conflicto, que todavía se sigue en instancias judiciales, dejó en claro la postura de la entonces ministra sobre las supuestas “dilaciones” de la Justicia para dictar los desalojos. Antes del operativo, el Ministerio de Seguridad se quejaba de que el desalojo tuvo que producirse “tras agotarse todas las instancias judiciales y los intentos de retirada pacífica”.

De aprobarse la ley en Diputados, los nuevos desalojos ya no deberán “agotar todas las instancias judiciales” en un contexto en el que, además, el gobierno ya derogó la emergencia territorial indígena, que mantenía suspendidos los desalojos de las comunidades hasta que se completara el nunca concretado relevamiento de sus territorios. El proyecto de “desalojos exprés” introduce ahora a los operativos en el marco de los llamados “procesos sumarísimos”, los más rápidos del sistema judicial nacional, para acelerar los procedimientos tanto en propiedades urbanas como rurales.

Para los “intrusos”, calificación en la que el Gobierno incluye a las comunidades originarias, se dispone que el denunciante podrá pedir el desalojo en cualquier momento del juicio y que el juez deberá resolver la solicitud en el plazo de sólo cinco días, incluso antes de dictar sentencia. El texto también normativiza la intervención de las fuerzas de seguridad “en caso de necesidad”, así como la autorización para el “allanamiento del domicilio y la apertura de cerraduras”.

Procesos rápidos y violentos que recuerdan a aquel operativo del 25 de noviembre de 2017 en el que fue asesinado Rafael Nahuel. Ese operativo del Grupo Albatros de la Prefectura también se produjo en el marco de un conflicto que involucraba tierras de un parque nacional, en la zona del Lof Lafken Winkul Mapu, cerca de Villa Mascardi. La excusa del operativo fue desalojar tierras del Parque Nacional Nahuel Huapi y en ese caso contó con el aval de la Justicia federal, que autorizó el procedimiento.

Antes del tratamiento del proyecto en el Senado, el Consejo de Participación Indígena hizo llegar a los diputados y senadores su rechazo a la iniciativa, señalando que “profundiza situaciones históricas de desigualdad y vulneración de derechos” y advirtiendo que “la protección de la propiedad privada no puede convertirse en un mecanismo que limite, desconozca o subordine derechos indígenas reconocidos por la Constitución Nacional”.

Otras más de veinte comunidades en conjunto habían difundido un pronunciamiento público rechazando la totalidad del proyecto y, puntualmente, el apartado de los desalojos, apuntando que “facultar a los jueces civiles a dictar la restitución inmediata de un inmueble rural de forma preventiva antes de una sentencia definitiva atenta contra el derecho de defensa de las comunidades y desprotege a los pequeños productores agrarios”.

En Argentina hay actualmente más de 200 casos activos de conflictos territoriales de comunidades originarias, tanto en tierras nacionales como de las diversas jurisdicciones del país. El número se desprende del mapa elaborado por la filial argentina de Amnistía Internacional en el marco de su proyecto “territorio indígena”, que muestra que los conflictos se extienden por todo el país, aunque se concentran mayoritariamente en la Patagonia y el norte cordillerano, además de provincias como Misiones, Chaco y Santiago del Estero. En el decreto con el que derogó la emergencia territorial, el Gobierno reconoció que a diciembre de 2024 había al menos 254 hechos judicializados en todo el territorio.

En esas zonas, los conflictos se mezclan con la avanzada de los negocios agropecuarios, inmobiliarios y la deforestación de los montes. Los especialistas advierten que la desregulación de los desalojos acelerará esos procesos conflictivos.

Un informe del Observatorio Universitario de Buenos Aires de la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA alerta que “en la actualidad está abierto un sinnúmero de disputas territoriales entre comunidades indígenas que buscan mantener sus derechos y empresarios nacionales y extranjeros que, apoyados por los gobiernos locales, utilizan todos los medios a su alcance para desplazarlos y apropiarse de sus espacios”. Con el proyecto “se establece la posibilidad de profundizar los desalojos, tanto de ocupantes como de tenedores precarios y/o comunitarios, algo que podría profundizar la conflictividad social en las zonas rurales de avance de la frontera agropecuaria”, agrega el informe.

Juan Francisco Mereb, docente universitario, licenciado en Geografía de la UBA y magister en Gestión Ambiental del ITBA, señala también que el proyecto de ley “tiende a profundizar este tipo de escenarios, agravando la situación”, ya que “Argentina ya tiene antecedentes de escenarios de conflictividad socioambiental por la venta de tierras priorizando el derecho de inviolabilidad de la propiedad privada por sobre los derechos de pueblos originarios, o el acceso a los cuerpos de agua, como ha sido el caso del Lago Escondido, en la provincia de Río Negro”.

Pese a que el proyecto de “desalojos exprés” atañe al Código nacional, los especialistas alertan que su aprobación podría envalentonar a los diversos gobiernos provinciales que ya llevan adelante procesos de desalojos forzados u otras acciones represivas contra comunidades originarias. El informe ejemplifica con los casos del acampe y la movilización de la comunidad wichí en Nueva Pompeya, Chaco, o el conflicto por la restitución de tierras a la comunidad diaguita en Cachi, Salta, “solo algunos de los conflictos por tierras que están en curso actualmente y todo indicaría que las tensiones y protestas tenderán a incrementarse”.

En el plano urbano, sobre el que aplicarían los mismos nuevos criterios de “desalojo exprés”, el informe advierte particularmente sobre los procesos de desalojos contra sectores populares, aquellos que mayor dificultad tienen para afrontar alquileres o regularizar situaciones conflictivas que terminan en la Justicia. Los especialistas grafican la cuestión con la política que ya viene llevando adelante el gobierno porteño, con “desalojos administrativos” que se ejercen de hecho, sin intervención de la Justicia: “Creció con fuerza el desahucio por ‘riesgo de derrumbe’, que no se presenta como un desalojo sino como una medida de protección: una inspección constata --o presume-- problemas estructurales, se clausura el inmueble por seguridad y se desaloja a quienes viven ahí. La normativa lo reservaba para 11 situaciones excepcionales, pero en los hechos se volvió una herramienta de gestión cotidiana”, señala el documento.

María de la Paz Toscani, investigadora del Centro de Estudios Urbanos y Regionales del Conicet, explica que, con la normativa actual, desalojar a las personas de las diversas propiedades antes de que haya sentencia es “excepcional”: “Los jueces lo aplican con prudencia, porque si después el juicio se pierde el daño ya no se repara”, indica. Sobre las modificaciones que busca introducir el proyecto precisa, entre otros puntos, que “la garantía que debe dejar quien pide esa medida pasaría de un depósito de dinero en el juzgado a una promesa firmada, sin plata detrás”, mientras que “podría pedir el desalojo no ya quien tenga derecho a usar y gozar del inmueble, sino cualquiera que invoque ‘un derecho o interés legítimo afectado’”.

“Las pruebas admitidas se reducirían a papeles y peritajes, y la inspección judicial, que hoy tiene cinco días de plazo, pasaría a hacerse en 72 horas, con la obligación de anotar nombre, apellido y DNI de cada ocupante”, agrega la investigadora, también docente y doctora en Ciencias Sociales por la UBA.

Para Toscani, la reforma se inscribe en una coyuntura con “un fuerte fenómeno de desplazamiento”: “Se expulsa a la población de bajos ingresos de las zonas centrales de la Ciudad donde el suelo empieza a valer más, y se la busca reemplazar para generar usos más rentables. Aparece aquí la idea de ‘merecer la ciudad’ que tan fuertemente se marcó en la dictadura y en las distintas políticas de erradicación de villas y expulsión de sectores populares de la Ciudad”, concluye Toscani.

Actualmente, 1 de cada 3 inquilinos se encuentra en situación de emergencia habitacional, según la Encuesta Nacional Inquilina de junio de 2026, elaborada por Inquilinos Agrupados y la Federación de Inquilinos Nacional. Tras la media sanción al proyecto de “desalojos exprés”, desde Inquilinos Agrupados ya adelantaron que “comenzamos a construir la movilización y toda acción política necesaria para hacer caer la ley contra las familias inquilinas”. La agrupación alertó que el proyecto impulsa “el desalojo sin garantías de defensa para tres millones de hogares inquilinos”: “En 72 horas, con una declaración del propietario, estás en la calle”, concluyeron.

En los casos de alquileres, la iniciativa prevé que las causas también se puedan incluir en “procesos sumarísimos” y que la “desocupación inmediata” podría ser decretada por el juez también en casos de falta de pago si el inquilino excede el plazo de diez días para saldar la deuda desde la intimación. En caso de vencimiento del contrato, el desalojo podría decidirse desde el día posterior al final del acuerdo.

Página12

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