ARCA: Menos trámites para Ganancias de CEDEARs y criptomonedas

La ARCA simplificó el Impuesto a las Ganancias e incluyó las rentas de fuente extranjera. Esto beneficia a argentinos con inversiones en el exterior, como CEDEARs y criptomonedas, reduciendo la burocracia.

Economía30/10/2025

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Los argentinos que obtengan rentas en el exterior, ya sea por inversiones financieras o por facturación a clientes fuera del país, podrán desde ahora incorporarse al régimen simplificado del impuesto a las Ganancias, implementado por ARCA a mediados de año. Así lo dispuso una nueva resolución publicada en el Boletín Oficial, que amplía el alcance del sistema creado para facilitar la presentación de declaraciones juradas.

El esquema debutó en junio con una adhesión limitada: solo 12.700 contribuyentes de más de 1,7 millones habilitados —entre trabajadores, monotributistas y autónomos— lo adoptaron. El modelo se basa en que ARCA calcula automáticamente el impuesto en función de su base de datos, y el contribuyente puede aceptar o impugnar el resultado, sin necesidad de detallar patrimonio ni consumos, lo que simplifica la carga administrativa.

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Hasta ahora, el sistema solo contemplaba rentas de fuente argentina, dejando fuera a quienes trabajan o invierten en el exterior. Con la nueva norma, también se incluirán ganancias obtenidas fuera del país, como intereses financieros, alquileres, dividendos o rendimientos de criptomonedas y CEDEARs. Sin embargo, aún falta una reglamentación complementaria que defina con precisión qué ingresos externos estarán alcanzados y cómo se verificará la información, ya que el organismo no tiene acceso automático a todos los datos del exterior.

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El proyecto de ley que el Gobierno volverá a impulsar en el Congreso fija que podrán sumarse al régimen las personas humanas con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio máximo de $10.000 millones. Además, introduce el concepto de "discrepancia significativa": si la diferencia entre lo declarado por el contribuyente y la estimación de ARCA supera el 15%, el fisco podrá exigir una revisión o aplicar sanciones.

Con información de El Economista

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