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A través de la Resolución 144/2024 publicada este jueves en el Boletín Oficial, quedan eximidos de presentar una visa consular argentina todos aquellos que cuenten con el visado para entrar a Estados Unidos.
Argentina28/11/2024El Gobierno oficializó este jueves modificaciones en los requisitos de ingreso al país para los ciudadanos de Arabia Saudita. Se trata de una flexibilización en las condiciones exigidas por las autoridades de Migración argentinas. La medida se concretó a través de la Resolución 144/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma de la Vicejefatura de Gabinete del Interior, que funciona bajo la órbita de Guillermo Francos, eximió el requisito de visación consular argentina a los extranjeros nacionales del Reino de Arabia Saudita, titulares de pasaporte ordinario, cuando su ingreso al país se efectúe con "carácter transitorio”.
De igual forma, la normativa aclara que solo estarán eximidos de presentar el aval consular aquellos que “sean titulares de un visado válido y vigente en similares categorías para el ingreso a los Estados Unidos de América y gestionen una Autorización de Viaje Electrónica (A.V.E.)”.
“Establécese que el procedimiento previsto en la presente resolución se implementará siempre que la Dirección Nacional de Migraciones, organismo descentralizado actuante en la órbita del Vicejefatura de Gabinete del Interior pueda previamente verificar la validez de los visados con las autoridades competentes del Estado”, dispuso el Gobierno.
Cambios en los requisitos para ingresar al país para ciudadanos de Arabia Saudita
La norma se ampara en la Ley de Migraciones N°25.871, que regula la admisión, ingreso, permanencia y egreso de personas al territorio nacional y establece, entre sus objetivos, facilitar la entrada de visitantes al país, con el fin de impulsar el comercio, el turismo, las actividades culturales, científicas, tecnológicas y las relaciones internacionales. En esta legislación, se precisan diferentes subcategorías en las que los extranjeros podrán ser admitidos los extranjeros que ingresen al país como “residentes transitorios”.
En 2016, se implementó una medida similar que favoreció a los extranjeros provenientes de la República Popular China, a través del decreto 892/2016. A través de él, el Ejecutivo facultó al en ese entonces Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda a incluir a “personas de otras nacionalidades que puedan beneficiarse de la facilitación prevista en el presente, conforme las prioridades de política migratoria que se definan, y que abonen el propósito de impulsar el comercio, el turismo, las actividades culturales, científicas, tecnológicas y las relaciones internacionales”.
Con respecto a Arabia Saudita, el Ejecutivo consideró: “En virtud de los resultados satisfactorios obtenidos con la aplicación del régimen descrito y con el objeto de avanzar en la adopción de medidas que contribuyan con la política de modernización, racionalización, agilización, facilitación, disminución de costos e innovación tecnológica, la Dirección Nacional de Migraciones —señalando la importancia económica, comercial y política que implicaría la medida— considera propicio incluir a los nacionales del Reino de Arabia Saudita en la nómina de extranjeros, titulares de pasaporte ordinario, que se encuentran eximidos del requisito de visación consular argentina cuando su ingreso al país se efectúe con carácter transitorio”.
Con información de Ámbito
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