Salud08/06/2023

IPS deberá cubrir el 100% de cobertura a un niño con discapacidad

La Corte de Justicia de Salta confirmó la sentencia que condenó al Instituto Provincial de Salud de Salta a brindar la cobertura integral del cien por ciento del costo real de los tratamientos indicados por la médica de un niño con discapacidad. La sentencia también ordenó el reintegro de los montos ya pagados en un plazo de cinco días hábiles al valor real.

La sentencia de primera instancia en la acción de amparo sostuvo que la conducta de la obra social no tiene sustento y que al reducir la prestación en un 30 por ciento “pone en riesgo la salud del niño”.

El niño cuenta con certificado de discapacidad, y por ello las terapias indicadas deben ser cubiertas en forma integral.

La Corte de Justicia sostuvo que “los eventuales condicionamientos que se pretendan ejercitar sobre el derecho a la salud por motivos de índole económica y financiera, ponen en acción, como se anticipara, la vía expedita del amparo como instrumento de garantía de los derechos humanos fundamentales.”

Discapacidad: Prestadores reclaman que desde hace seis meses no pueden cobrar

Señalaron que “el derecho a la preservación de la salud, es una obligación impostergable que tiene la autoridad pública de garantizar ese derecho con acciones positivas, sin perjuicio de las obligaciones que deban asumir en su cumplimiento las jurisdicciones locales, las obras sociales o las entidades de la llamada medicina prepaga”.

La Ley 24901 denominada Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad fue promulgada en diciembre de 1997, y la Ley Provincial 7600 que adhirió al sistema de la Ley Nacional, modificada por Ley 7614, en el artículo 2, establece en forma expresa que el Instituto de Salud de Salta está obligado a brindar las prestaciones básicas de atención integral de acuerdo a un nomenclador especial que establezca con sus prestadores, respetando las prestaciones básicas determinadas según Ley 24901. Marcaron los jueces que la obra social persiste en su criterio de negar la cobertura total solicitada “lo que demuestra la ineficacia del planteo en sede administrativa en una cuestión que involucra el derecho a la salud y que por lo tanto no admite dilaciones”.

Fomentar Empleo: Oportunidad para desocupados y empresas

Y agregaron que “lo reclamado mediante el presente amparo es que el demandado abandone su conducta evasiva, y adopte un rol proactivo, facilitando el tedioso tránsito de sus afiliados para la obtención de un servicio de salud que compromete sus derechos fundamentales como son el de las personas con discapacidad”.

Te puede interesar

Así funcionarán las guardias durante el feriado de Carnaval

Ante los feriados de lunes y martes de Carnaval, el Ministerio de Salud Pública de Salta ha organizado un esquema de guardias para garantizar la cobertura sanitaria en toda la provincia.

¡Que el carnaval sea fiesta!: Las cinco claves de Salud para cuidarte en este finde largo

En plena temporada de festejos populares, el Ministerio de Salud Pública de Salta reforzó la campaña de concientización sobre salud sexual responsable.

El Galpón: intensifican la atención sanitaria tras las inundaciones

Luego de la activación del protocolo de emergencia, el Ministerio de Salud Pública refuerza la asistencia médica y el control de enfermedades infecciosas en las zonas afectadas.

El camión oncológico atenderá en Limache con cupos limitados

Las prestaciones previstas en Parque Sur se trasladan por problemas técnicos; los turnos se solicitan al 148.

Solo el 17% de los jóvenes utiliza siempre preservativo

En el marco del Día Mundial del Preservativo, los datos revelados por la Aids Healthcare Foundation (AHF) y el Boletín Epidemiológico Nacional exponen una realidad crítica.

El instituto Malbrán confirmó el primer caso de sarampión del año en Argentina

Se trata de un paciente de 29 años. El Ministerio de Salud de la Nación emitió una alerta epidemiológica