Acatamiento

El Concejo Deliberante sancionó una ordenanza –lo que no es noticia-, que modifica la que se refiere a la Ética en el ejercicio de la Función Pública y allí radica su importancia. Si se lograra que la norma se aplique, representará un cambio significativo.

Opinión 24/11/2022

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Con la autoría de la joven concejal Agustina Alvarez, el proyecto aprobado modifica el Artículo 8 de la Ordenanza 14479, estableciendo el alcance de la publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas del gobierno municipal. Puntualmente determina que deberá tener carácter educativo y formativo, o de orientación social. Taxativamente dispone que no podrá  contar con nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos o que identifiquen su gestión, entre otros, en bienes inmuebles, muebles o vehículos de propiedad del municipio o al servicio del mismo. Se deberá utilizar, para cumplir la obligatoriedad de identificación, el escudo de la Municipalidad aprobado mediante la Ordenanza sancionada en 1934 y la leyenda “Municipalidad de Salta”.

La iniciativa de la concejal opositora no es novedosa. En otros años legislativos se trató de poner límites al uso de la publicidad oficial para fines personales de un intendente o de un grupo político circunstancialmente al frente del Ejecutivo municipal. La referencia a la gestión como obligada identificación de la actividad que se publicita no es una práctica capitalina; suele ser común en todos los municipios y hasta en la publicidad del Ejecutivo provincial, como si el ciudadano al que se dirige ignorara quien lo gobierna.

Sin embargo, puede reconocerse la insistencia con la que en estos últimos años se trató de imponer los límites sancionados en la última sesión del Concejo. El debate no fue amplio; el oficialismo se abstuvo de participar. Pero fue lo suficientemente argumentativo como para justificar el voto unánime. 

Hubo dos datos que dan razón a la urgencia por establecer restricciones al uso de la publicidad oficial. No se trata de incumplir la manda constitucional de publicidad de los actos de gobierno sino, precisamente, de ajustarse al principio republicano. Usar recursos públicos para informar que un funcionario está haciendo bien su tarea no es precisamente el fin de esta publicidad.

Y tal es lo que se marcó en el debate, durante el cual se señaló que en los últimos 6 meses se gastaron 357 millones de pesos en publicidad pero sólo se pudo observar cartelería que muestran fotos o firmas de políticos sin otro objetivo que el de una propaganda personal. También se hizo notar que particularmente el abuso se nota en este mandato de la intendenta Bettina Romero, que –se indicó- gasta ingentes recursos sin el propósito de mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos. No se ignoró y se señaló en el inicio de la sesión, el despliegue de cotillón proselitista de la funcionaria en un acto de difusión del primer partido de la selección nacional de fútbol, organizado por la Municipalidad capitalina. Se pedirá informe para que se confirme o deseche que el gasto de 13 millones de pesos invertido en esa campaña provino de las arcas comunales. 

La exhortación a no naturalizar el incumplimiento de la legislación vigente que también se escuchó en el debate tiene que ver con muchas normas que especialmente desde la reforma constitucional de 1994, que tuvo su réplica provincial en 1998, establecieron un marco que llevó a que en septiembre de 1.999 se sancionara la ley nacional de Ética Pública, a la que la Provincia adhirió en 2015 y la Municipalidad de Salta, en setiembre del año pasado. Un repaso del cumplimiento de todas esas disposiciones, reglamentadas por decretos, muestra un déficit preocupante.

Es imprescindible que los poderes públicos acaten las normas que de ellos emanan para poder ordenar a la sociedad en función de las mismas, único modo de lograr una convivencia civilizada.

Salta, 24 de noviembre de 2022

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