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A través de una Resolución Conjunta de la AFIP y la ANSES, se estableció que de ahora en más los números se asignarán de forma aleatoria. Resta que los organismos adecúen sus sistemas informáticos
Argentina10/06/2021El Gobierno Nacional dispuso, a través de una Resolución Conjunta de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que los nuevos números que se asignan en los códigos como CUIT y CUIL no distinguirán el género de las personas. “Representa un avance para garantizar la libertad de todas las personas a la hora de ejercer el género autopercibido”, sostuvo Mercedes Marcó del Pont.
La medida ya había sido resuelta a principio de mes por el Ministerio de Trabajo de la Nación. Resta que los organismos de la seguridad social y la AFIP adecúen sus sistemas informáticos para que los números no identifiquen género en su codificación.
El paso fundamental se dio este jueves con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General Conjunta 5007/2021 mediante la cual se estableció que “el prefijo utilizado para la asignación de los números del Código Único de Identificación Laboral (CUIL), Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Clave de Identificación (CDI), Clave de Inversores del Exterior (CIE) y Clave de Identificación Especial, de las personas humanas -sea 20, 23, 24 o 27 o los que en el futuro se determinen-, por parte de la ANSES y de la AFIP, respectivamente, se asignará de forma aleatoria siendo el mismo de carácter genérico y no binario en términos de sexo/género”.
A tales fines, ambas administraciones a través de sus áreas competentes, arbitrarán los medios necesarios para resolver de modo conjunto, “la elaboración y aprobación de las normas de procedimiento que fueran necesarias para implementar lo dispuesto en la presente resolución”.
Además, las personas amparadas por la Ley de Identidad de Género que actualmente posean CUIT o CUIL, podrán solicitar -”por única vez”- su sustitución por una clave otorgada en los términos de la presente norma.
En el artículo 3 de la resolución publicada esta madrugada se aclaró que la norma entrará en vigencia dentro de 180 días “de modo simultáneo” en la ANSES y en la AFIP “una vez que ambos organismos hayan adaptado sus sistemas, y resultará de aplicación para los Códigos Únicos de Identificación Laboral (CUIL), Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT), Claves de Identificación (CDI), Claves de Inversores del Exterior (CIE) y Claves de Identificación Especial que se asignen a partir de dicha adecuación”.
Fernanda Raverta, titular de ANSES, destacó que el convenio “busca dejar de naturalizar cuestiones que por motivos administrativos o por rutina no se habían cambiado, pese a que se había modificado la ley. Administrativamente nuestros organismos querían estar adaptados a un tiempo distinto”.
Por su parte, la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, subrayó que “la decisión del Gobierno representa un avance para garantizar la libertad de todas las personas a la hora de ejercer el género autopercibido”.
El CUIL es un número de identificación que brinda Anses para registrar los aportes jubilatorios, acceder a las Asignaciones Familiares y realizar trámites en otras entidades públicas, bancos, registros de automotor, entre otros.
En la actualidad el CUIL se genera de manera automática al momento de inscripción de un menor ante el Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
El trámite para la asignación de CUIL o la modificación de un dato personal puede ser realizado por el titular o un tercero ante cualquier delegación del organismo previsional.
Es un número único por persona, por lo que si ya se le asignó uno a una persona por un determinado trámite, no debe volver a gestionar otro sino que debe informar el que tiene. En caso de no recordarlo puede consultarlo desde la página web de Anses en la sección Trámites en Línea, ingresando su DNI.
Infobae
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