Energía renovable: qué PyMEs podrán recuperar IVA y pagar menos Ganancias
Ivana Chañi
Las micro, pequeñas y medianas empresas podrán incorporar determinados equipos de energía renovable al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) sin tener que cumplir el monto mínimo de inversión exigido para otros proyectos.
El cambio fue formalizado mediante la Resolución 161/2026 de la Secretaría de Energía, publicada este martes en el Boletín Oficial. La norma aprobó el listado de bienes destinados a generar, almacenar o transportar energía eléctrica que podrán recibir el tratamiento promocional previsto por el régimen.
Qué beneficio contempla el régimen
El RIMI prevé dos ventajas impositivas para las inversiones productivas realizadas en el país:
- Amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias.
- Devolución de créditos fiscales del IVA.
Como regla general, las empresas deben comprometer un monto mínimo de inversión dentro de un plazo de dos años. Sin embargo, la legislación excluyó de ese requisito a determinadas inversiones, entre ellas los bienes considerados de alta eficiencia energética.
La Resolución 161/2026 no creó esos beneficios ni amplió por sí sola el régimen a todas las empresas. Su función concreta fue definir qué bienes vinculados con la generación, el almacenamiento y el transporte de electricidad podrán ingresar al RIMI sin alcanzar aquel piso mínimo.
No alcanza con comprar paneles solares
El acceso no será automático para cualquier empresa que adquiera equipamiento energético.
La resolución establece que podrán participar las MiPyMEs que, según el tipo de proyecto, se encuentren inscriptas en alguno de estos registros:
- Registro de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable (RENPER).
- Registro Nacional de Proyectos de Almacenamiento de Energía Eléctrica (RENPALMA).
- Empresas que cuenten con el Certificado de Usuario-Generador.
Por lo tanto, la compra de paneles solares, baterías u otros equipos no garantiza por sí sola la obtención del beneficio. La empresa deberá cumplir las condiciones del RIMI, acreditar el proyecto y contar con la inscripción o certificación correspondiente.
Qué inversiones están contempladas
La reglamentación considera bienes de alta eficiencia energética a los equipos destinados a:
- Generar electricidad a partir de fuentes renovables.
- Almacenar energía eléctrica.
- Transportar electricidad generada mediante fuentes renovables.
El régimen también contempla, en otra categoría, inversiones dirigidas a optimizar procesos, recuperar energía desperdiciada o reducir el consumo dentro de las unidades productivas. Sin embargo, la resolución publicada este martes se concentra específicamente en el listado de bienes para generación, almacenamiento y transporte.
Qué puede cambiar para una PyME
La consecuencia concreta es que una empresa que desarrolle un proyecto energético comprendido en el listado oficial podría acceder a la devolución anticipada del IVA y a la amortización acelerada en Ganancias, aun cuando esa inversión particular no alcance el monto mínimo general del RIMI.
Eso puede reducir el costo fiscal y mejorar el plazo de recuperación de proyectos como sistemas solares, instalaciones de almacenamiento o equipamiento para transportar energía.
No obstante, el beneficio dependerá de la aprobación del trámite y del cumplimiento de todos los requisitos. La norma no establece una devolución automática ni alcanza al consumo residencial.



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