
La fecha fue establecida en honor a José Manuel Estrada, reconocido intelectual, político y educador argentino que falleció el 17 de septiembre de 1894.
La Dra. Julia Toyos aclaró los alcances de la medida y advirtió sobre interpretaciones erróneas que podrían generar preocupación innecesaria entre los beneficiarios.
Argentina25/07/2025En el marco del proceso de modernización digital impulsado por el Gobierno nacional, el Ministerio de Capital Humano anunció que los familiares de jubilados fallecidos podrán gestionar la pensión derivada de manera totalmente electrónica a través de la plataforma mi ANSES, sin necesidad de acudir a una oficina presencial. La novedad fue difundida por el organismo previsional a través de un comunicado oficial.
Sin embargo, la medida generó interpretaciones confusas en algunos medios de comunicación y redes sociales, lo que motivó la intervención de especialistas en derecho previsional. En su columna por Aries, la Dra. Julia Toyos, quien brindó precisiones clave para evitar malentendidos y señaló que esta modalidad ya existía desde hace muchos años, aunque ahora se formaliza nuevamente en el marco de una política de digitalización más amplia.
“Esto ya estaba desde hace más de 15 años. En 2004 o 2005, con la moratoria, ya enviábamos jubilaciones y pensiones por la web”, recordó Toyos.
Uno de los puntos que generó confusión fue el siguiente fragmento del comunicado: "Esta prestación podrá ser solicitada por el cónyuge, conviviente previsional o hijo soltero del jubilado fallecido y que no estén cobrando otra prestación."
Al respecto, Toyos explicó que no se trata de un nuevo requisito restrictivo, sino de una priorización operativa del sistema digital: “Algunos interpretaron que se agregó un requisito para excluir a quienes ya cobran otra prestación, pero no es así. Lo que dice es que quienes ya perciben algún beneficio no podrán iniciar este trámite por la web. No significa que no puedan acceder a la pensión, sino que el trámite deberá iniciarse por otra vía. Es una forma de darle prioridad a quienes no tienen ningún ingreso y necesitan cobrar con urgencia”, aclaró.
“En Argentina, una persona puede tardar meses en cobrar su jubilación. Entre turnos, demoras administrativas y liquidaciones, el proceso puede llevar medio año. En países como España, el trámite se realiza en 48 horas o 5 días como máximo. Si no logran verificar todo a tiempo, igual te pagan. Después verán si hay errores, pero el derecho del ciudadano es prioritario”, reclamó.
Finalmente, Toyos celebró el intento de simplificar gestiones mediante herramientas digitales, pero pidió claridad institucional al momento de comunicar este tipo de medidas: “El anuncio es positivo, pero se necesita más precisión para evitar que la gente se asuste o piense que está quedando afuera por requisitos nuevos que en realidad no existen”.
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