Nombres permitidos y prohibidos: qué dice la ley argentina

El abogado Napoleón Gambetta explicó las limitaciones legales que existen en Argentina a la hora de elegir el nombre de un hijo y repasó casos curiosos que llegaron a la Justicia.

Sociedad22/05/2025Agustina TolabaAgustina Tolaba

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En su columna por Aries, el abogado Napoleón Gambetta detalló que el régimen legal actual está regulado por el Código Civil y Comercial de la Nación, el cual reemplazó a la antigua ley de nombres con criterios más amplios, pero también con límites claros.

Según explicó Gambetta, el artículo 63 del Código establece que no se pueden inscribir más de tres nombres y que está prohibido usar un nombre idéntico al de un hermano vivo. “No puede haber dos Héctor Óscar Correa en la misma familia”, ejemplificó. Además, subrayó que los nombres no deben ser “extravagantes o exóticos en la medida en que puedan generar un perjuicio al menor”.

Uno de los casos que citó ocurrió en 2021 en la Ciudad de Buenos Aires, cuando un padre intentó inscribir a su hijo con el nombre Lucifer, inspirado en una serie televisiva. “El registro civil le negó la solicitud y el caso fue judicializado. En primera instancia, el juez le dio la razón al padre, aunque el argumento era solo que le gustaba la serie”, recordó Gambetta.

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Asimismo, indicó que no se pueden utilizar apellidos como nombres, ni tampoco nombres de figuras históricas que resulten ofensivas o controversiales. “Nombres como Hitler o Osama bin Laden están expresamente prohibidos”, subrayó.

Respecto al apellido, el Código permite usar el del padre, el de la madre o ambos, y establece que todos los hijos de la pareja deberán llevar la misma fórmula. Si los progenitores no se ponen de acuerdo, se recurre a un sorteo, aunque el Código no define el método exacto para realizarlo.

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Por último, Gambetta explicó que el cambio de nombre solo puede darse judicialmente y por "justa causa", como cuando el nombre o apellido genera un perjuicio concreto. No obstante, hay dos excepciones que permiten el cambio administrativo sin pasar por tribunales: en casos de identidad de género y cuando la persona fue víctima de desaparición forzada o apropiación ilegal.

“El sistema actual busca un equilibrio entre la libertad de los padres y la protección del interés superior del niño”, concluyó el abogado.

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