
Mendoza endureció las penas para conductores ebrios y acoso callejero

La provincia de Mendoza promulgó la Ley 9559, normativa endurece las sanciones para los conductores que superen el límite de un gramo de alcohol en sangre y establece penalidades estrictas para quienes cometan acoso callejero.
Según la nueva ley, los conductores sorprendidos con más de un gramo de alcohol en sangre enfrentarán multas que varían entre 508.000 y 1.400.000 pesos, además de posibles arrestos de hasta 120 días. Además, se les impondrá una inhabilitación para conducir que oscilará entre tres y casi cuatro años. La ley también contempla la realización de tareas comunitarias, que podrán durar entre cuatro y 80 días, como parte de la sanción.
Una de las medidas más estrictas de la ley es la retención obligatoria del vehículo del infractor, que no será devuelto hasta que se cumpla con la sanción impuesta. Asimismo, en casos de negativa a realizar el test de alcoholemia, se aplicará una presunción legal de contravención. Estas disposiciones reflejan un enfoque más riguroso hacia los infractores reincidentes, considerando antecedentes penales y contravencionales.
El aumento de las sanciones llega en un contexto de creciente preocupación por los accidentes viales relacionados con el consumo de alcohol, especialmente tras incidentes recientes como el ocurrido en el Acceso Sur, donde un conductor ebrio causó la muerte de un policía y un preventor, publicó el diario El Sol de Mendoza.
Además de las medidas contra la conducción bajo los efectos del alcohol, la Ley 9559 introduce sanciones por acoso callejero, estableciendo multas de entre 25.000 y 250.000 pesos o trabajos comunitarios de ocho a 20 días. En casos donde la víctima sea menor de edad o tenga alguna discapacidad, las penas serán duplicadas.



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