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A la suba ya establecida en julio, los titulares de los seguros médicos deberán ajustar el bolsillo para abonar el incremento. Cómo se aplicará.
Salud17/08/2023
Los aumentos están a la orden del día y este viernes los afiliados de las medicinas prepagas tendrán otro incremento en las cuotas mensuales.
Con la suba ya establecida del 8,4% en julio, los afiliados recibirán la noticia de que se sumará un 8,72% en agosto y será para todos por igual, siendo la más alta desde el inicio del sistema de indexación mensual en el mes de febrero.
Según especifica la Superintendencia de Servicios de Salud, será de esta forma porque todas las cuotas se ordenan mes a mes, sumado a que el Índice de Costos de Salud es menor al 90% de la variación de los salarios formales (RIPTE), que es el indicador que se aplica para fijar el aumento de la cuota de las personas que menos salario perciben.
Ya establecidos los aumentos de julio y agosto, un plan familiar medio de un matrimonio con 2 hijos menores rondaría entre los $120.000 y los $165.000 mensuales.
Ahora bien, con el incremento del 6,9% en enero y los 7 aumentos de febrero a agosto, la suba acumulada en los primeros 8 meses del año alcanzará el 66,16%, para quienes se les aplica el Indice de Costos de Salud.
En tanto, para aquellos que perciben menos de 6 Salarios Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) el incremento en enero-agosto será de 55,71%.
Vale precisar que el decreto 743/2022 que fijó los aumentos diferenciados establece que el 90% del RIPTE funciona como tope para los que reciben menos de 6 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) comparándose con el Índice de Costos de Salud. A quienes ganan más de 6 SMVM se les aplica la suba del Índice de Costos.
Por tal motivo, ese tope se aplicó en febrero, en marzo y en mayo debido a que el Índice de Costos de Salud fue del 8,21%, 7,66% y 4,76% respectivamente, y a los que menos ganan se les aplicó el 4,91%, 5,04% y 3,43%, detalla en su informe Clarín.
El tope no se aplicó en abril porque el Índice de Costos de Salud fue del 2,36% y el 90% del RIPTE 4,87%. Como así tampoco se aplicó en junio, julio y agosto.
Un dato clave marca que, si bien el aumento del 8,72% será igual para todos, los titulares de los seguros médicos tendrán que ingresar obligatoriamente en el sitio web de la Superintendencia de Salud para poder declarar si perciben ingresos netos inferiores o superiores a los seis Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
Por otro lado, los registros del INDEC establecen que por el aumento de los costos de los planes de salud disminuyó considerablemente la población que cuenta con la cobertura de una obra social o medicina privada.
Con información de Ámbito

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