
Vaqueros y La Caldera: Denuncian que Intendentes firman obras, se sacan fotos y luego las rescinden
El diputado Luis Mendaña cuestionó la rescisión de convenios de obra pública y pidió al Gobierno evitar normalizar contratos sin ejecución.
Se trata del convenio de asistencia financiera entre la Provincia y el Fondo Fiduciario de Infraestructura Regional por un millón de dólares.
Municipios17/07/2023Refrendado con las firmas del vicegobernador, Antonio Marocco; y la secretaria General de Gobernación, Matilde López Morillo, este lunes en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta se decretó tener por Ley de la Provincia N° 8379 por medio de la cual se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a suscribir el Convenio de Mutuo de Asignación Financiera y de Adhesión entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Salta, para el Financiamiento de Servicios de Consultoría para la elaboración de Estudios de Preinversión para la Obra: “RUTA PROVINCIAL N° 5 - TRAMO LUMBRERAS -PICHANAL”.
La norma que fue sancionada por las Cámaras Legislativas detalla que el crédito a tomar será por un millón de dólares (US$1.000.000,00) al momento de la suscripción.
Asimismo se establece que el cumplimiento de las obligaciones asumidas para el pago se realizará con los fondos provenientes del Fondo de la Coparticipación Federal de Impuestos o el régimen que en el futuro la sustituya.
En otro punto, la ley instituye que los recursos que se perciban por este endeudamiento deberán ser incorporados presupuestariamente a cuyo efecto se habilitarán las partidas de recursos y gastos pertinentes, comunicando tal acto a la Legislatura en un plazo de diez (10) días. Asimismo, queda el Poder Ejecutivo facultado para disponer la afectación de recursos locales de contrapartida y realizar las incorporaciones, modificaciones y adecuaciones presupuestarias necesarias para su cumplimiento.
Se exime de todos los tributos provinciales vigentes y a crearse que graven la instrumentación, operación y posterior devolución del préstamo.
Finalmente se dispone que la Comisión Bicameral creada por la ley 8.198 efectuará el seguimiento y Control de lo establecido por la normativa ahora vigente a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
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