Proponen reducir el plazo para quitar la cartelería electoral en la ciudad

Implica modificar el artículo 23 inc. 1 de la Ordenanza N° 13777.

Salta28/06/2023Ivana ChañiIvana Chañi

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En diálogo con “Un Concejo Más cerca tuyo" por Aries el concejal de la Ciudad de Salta, Jorge López Mirau, se refirió al proyecto que presentó en mayo último y que busca reducir el plazo -a partidos y agrupaciones políticas- para quitar la cartelería política posterior a los comicios electorales.

Ello implica modificar la Ordenanza N° 13.777 que tiene por finalidad reglamentar entre otros la colocación de avisos publicitarios, públicos y privados, y de publicidad electoral o política dentro del ejido municipal.

“Es necesario tener una ciudad limpia y si se suman 30 días previos a la elección, son demasiados los días con cartelería política en postes, por ende corresponde exigir a los partidos políticos, agrupaciones o frentes electorales a tener un mayor compromiso con lo dispuesto en la ordenanza”, explicó.

“La modificación propuesta fue bajar el tiempo en el que deben ser retirados los anuncios; de un plazo no mayor de 10 días”, precisó y añadió, que pasado ese tiempo se podrá labrar el  acta de comprobación y que dará lugar a una posterior multa, cerró.

Convenio con Estaciones de Servicios

Concejales aprobaron solicitar al Ejecutivo Municipal la firma de un acuerdo con la Cámara de Estaciones Expendedoras de Combustibles a los fines de promover la instalación de cartelería que concientice sobre el uso del casco tanto para el conductor como para su acompañante.

Al respecto, el concejal Jorge López Mirau brindó detalles del pedido.

“Un Proyecto de Ordenanza 13460 establece en su artículo tercero que el Departamento Ejecutivo Municipal debe proveer a las estaciones de servicios expendedoras de combustibles ubicadas en el ejido municipal de carteles con leyendas sobre el uso de casco, instalados en lugares visibles”, detalló. Además, precisó que en su artículo primero se establece que los comercios habilitados para expender combustibles deben abstenerse de vender este producto cuando no se haga caso omiso a cumplir con esa medida de seguridad.

 

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