AMT convoca a taxistas para ocupar cupos suplentes en el Aeropuerto

Así lo estableció la Autoridad Metropolitana de Transporte en la Resolución N° 203/23 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Salta24/04/2023Ivana ChañiIvana Chañi

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El documento refrendado por las máximas autoridades del organismo, el presidente Marcelo Ferraris y su vice Gustavo Serralta establece la convocatoria a licenciatarios del servicio público impropio para la prestación en el Aeropuerto “Martín Miguel de Güemes” a efectos de cubrir un cupo de suplentes.

Los interesados tendrán, a partir de la fecha, un plazo de 10 días hábiles para inscribirse en el padrón en la sede de la AMT de avenida Tavella N°1395, esquina pasaje Socompa de lunes a viernes de 8  a 14 horas.

En la presentación deberá consignar la franja horaria elegida para la prestación del servicio

FRANJA 1: De 7 a 16 h.

FRANJA 2: De 16 a 24 h. (Con flexibilidad en los horarios de arribos, en caso de demora de los vuelos).

De la Franja 1 son 16 cupos; mientras que la de la Franja 2 son 21.

Cabe recordar que la semana pasada, remiseros se manifestaron en la Legislatura denunciando discriminación de AMT como  así también el monopolio de los gremios de Taxis, dado  que después de 20 años de operar en el Aeropuerto, les quedó vedado.

Remiseros denuncian persecución y monopolio de taxis en el Aeropuerto

Asimismo, los solicitantes deberán dar cumplimiento a los requisitos expresamente previstos en el art. 2 de la Resolución AMT Nº 231/16 (Reglamento para la prestación del servicio público impropio de taxi en el aeropuerto Martín Miguel de Güemes de la Ciudad de Salta), incisos a); b), apartados 1, 2, 3, 4, 5 y 6, los cuales se detallan a continuación para mayor claridad:

a. Vehículo habilitado por AMT, conforme normativa vigente.

b. Cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:

1) La antigüedad del modelo de vehículo no deberá superar los 5 (cinco) años. En este punto se realiza la siguiente salvedad: Los vehículos admitidos serán a partir del modelo 2017.

2) Tener una capacidad de carga mínima de 450 dm3.

3) Poseer sistema de climatización en óptimas condiciones (calefacción, aire acondicionado).

4) Encontrarse en óptimas condiciones de funcionamiento.

5) Encontrarse en óptimas condiciones de limpieza y estética. Que a tal efecto se valorará especialmente la limpieza (interna y externa), desinfección del vehículo, como así también estado de conservación y estética.

6) No contar con paradas fijas en la Ciudad de Salta.

En los casos que la presentación carezca de los requisitos indicados, y no fueran subsanados en el plazo previsto en este artículo, se tendrán por no presentados.

Modalidad de otorgamiento de las nuevas paradas

Una vez realizada la inscripción, y vencido el plazo, la lista de los voluntarios será publicada, por dos (2) días hábiles, en un lugar visible de ambas sedes de la Autoridad Metropolitana de Transporte, a fin que los interesados realicen observaciones, supresiones, modificaciones o impugnaciones, acompañando la prueba documental que estimen pertinente.

Posteriormente, se realizará un sorteo público a fin de determinar los licenciatarios que se encuentren en condiciones para iniciar la prestación de servicios en el Aeropuerto Internacional General Martín de Güemes. Dicho procedimiento se efectuará con intervención de la Escribanía de Gobierno y la fiscalización del Ente Regulador del Juego de Azar de la Provincia de Salta (EN.RE.JA).

Los licenciatarios sorteados deberán, en el plazo de diez (10) hábiles de notificados del resultado del procedimiento, y de manera previa a que la Autoridad Metropolitana de Transporte emita la autorización para prestar en el servicio en el Aeropuerto Internacional General Martín de Güemes, realizar el trámite de inspección vehicular de la unidad. En dicho plazo, el licenciatario involucrado podrá efectuar hasta dos inspecciones vehiculares, en el caso que no supere la primera.

En el caso de no superarse la instancia de inspección el prestador quedará excluido automáticamente.  Tal decisión será irrecurrible.

Por otra parte, se deja en claro que la autorización que el organismo otorgue en virtud de esta Resolución, constituye un permiso de naturaleza precaria, pudiendo ser revocado en cualquier momento ante el incumplimiento de la normativa vigente aplicable y concordante, pudiéndose determinar la prohibición para que el prestador se presente en futuros procedimientos de similar característica.

Finalmente, la fecha y lugar del sorteo se establecerá por Resolución especial  que se dictará a tal efecto.

 

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