Decreto 255

El Decreto de Necesidad y Urgencia 255 -que pone a los salteños bajo la férula del Jefe de Policía- es una norma que atenta gravemente contra el orden jurídico constitucional.

Opinión 13/07/2020 Armando Caro Figueroa

Porque colisiona con el derecho fundamental al juez natural y al debido proceso legal. Porque emana del Gobernador que carece de facultades para crear contravenciones. Y porque delega en el fantasmal Comité Operativo de Emergencia competencias indelegables.

Además, este DNU -que será tristemente célebre- ha venido a poner de manifiesto que el Estado salteño lleva 20 años incumpliendo la Ley que crea los Juzgados Contravencionales integrados en el Poder Judicial.

Veinte años de negligencia, sobre todo de la Corte de Justicia que no supo ni atinó a conseguir el dinero necesarios para cumplir con lo mandado por la Ley 7.135 de 2001.  

El argumento de la falta de fondos no es válido. Sobre todo si se tiene en cuenta que los millones aparecen cuando se trata de repartir el poder en el vértice del Poder Judicial. O cuando se trata de rociar de incienso al anterior gobernador que gastó la friolera de 4.000 millones de pesos en propaganda, aplausos y movimientos de campaña.

Pero quisiera aprovechar el espacio de hoy para referirme, con el debido respeto, a recientes manifestaciones del señor Vicegobernador de Salta. 

Lo haré no sin antes señalar que, por motivos biográficos y familiares que no vienen al caso, tengo un especial afecto y estima por Antonio Marocco. Y, como un salteño de a pie, deseo que su gestión sea exitosa.  

El caso es que, según declaró ante estos mismos micrófonos, el Vicegobernador concibe a la democracia como un régimen donde la mayoría esta habilitada para tomar cualquier tipo de medidas. Se trata de una idea antigua, a contramano de las nuevas concepciones de la Democracia Constitucional, y que tarde o temprano conduce a diferentes modos de autoritarismo.  

Pensar que la mitad más uno está legitimada para imponer sus criterios al 49% restante es una idea antagónica con la Constitución Nacional reformada en 1994. 

En realidad, al menos para las interpretaciones mas modernas y puras de la democracia, las mayorías pueden mucho, pero nunca violar la Constitución. La frase de Antonio Marocco: “La democracia se resuelve con números… y punto”, es especialmente desafortunada. 

Ahí donde la vigencia de la Constitución esta en entredicho, no hay número que valga.

Más allá de este tipo de afirmaciones dogmáticas, la frase del señor Vicegobernador nos lleva al meollo de la cuestión. Estamos, a mi modo de ver, ante una expresión que resume todos los problemas que tanto daño han causado y causan a las instituciones salteñas.

Estos problemas pueden resumirse en la siguiente pregunta: ¿Quién tiene la última palabra en Salta en asuntos donde están en juego los Derechos Humanos Fundamentales?

Para mi distinguido amigo Antonio Marocco la última palabra está en la voluntad del Gobernador y, si acaso, en la de la mayoría Legislativa que el propio gobernador controla.

Y este es un inmenso error. No solo porque olvida que este tipo de decisiones está sometida al doble control de constitucionalidad (uno a cargo de la Corte de Justicia de Salta, y otro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación), sino también porque ignora o minusvalora los controles de convencionalidad previstos en los Tratados Internacionales ratificados por la Argentina.

La ambición de los últimos gobernadores de Salta ha sido doble: Perpetuarse en el cargo y reservarse la última palabra. Lo lograron abusando de decretos de necesidad y urgencia y de leyes de emergencia: Ejerciendo un férreo control sobre los legisladores; y Ampliando injerencias anti republicanas sobre el vértice del Poder Judicial. 

Allí donde hay un Gobernador obsesionado por tener la ultima palabra, surge un jefe que hace y deshace para controlar a la Corte de Justicia. Un jefe que esgrime -fuera de toda lógica- el federalismo localista para intentar evitar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación cumpla su papel constitucional en asuntos de alta sensibilidad.

El DNU 255 es contrario a la Constitución y la controversia sigue abierta. Por mucho que la mayoría de senadores y de diputados haya escurrido el bulto sabiendo que su silencio conducía a la tácita aprobación de la norma impugnada.

Y sigue abierta porque hay un importante recurso de amparo en marcha. Y porque hay materia federal que habilitará el acceso al supremo tribunal de la Nación. Sigue abierta porque diversos actores tienen a su disposición las vías del control de convencionalidad (ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por ejemplo).

No existe, por tanto, el punto y final que proclama el señor vicegobernador. Por los controles antes mencionados, y por la sencilla razón de que muchos ciudadanos seguiremos impugnando la medida, bregando por la supremacía de la Constitución, y ejerciendo el derecho a protestar    

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