
La Cámara Federal de Apelaciones de Salta rechazó una nueva impugnación de la defensa y dejó firme la solicitud de desafuero del legislador, investigado por peculado de servicio y abuso de autoridad.
El artículo 17 de la nueva Ley de Ministerios establece que mientras duren en sus funciones, los Ministros y el Secretario General de la Gobernación gozan de las mismas inmunidades que los legisladores provinciales.
Política03/12/2019En la Constitución Provincial, el Artículo 120 establece la inmunidad de opinión para los legisladores provinciales y el artículo 121 que los Diputados y Senadores gozan de inmunidad de arresto desde el día de su elección hasta el cese de su mandato.
A partir de la nueva Ley de Ministerios, que ya tiene sanción de la Cámara de Diputados, los ministros de Gustavo Sáenz tendrán los mismos beneficios de inmunidad que los legisladores electos por el voto popular.
Quien cuestionó fuertemente este polémico artículo fue el diputado olmedista, Carlos Zapata, quien aseguró que es un exceso sobre atribuciones del Poder Legislativo, y la Constitución establece la indelegabilidad de facultades atribuidas,
Zapata explicó que la inmunidad a los funcionarios debería ser establecida mediante una reforma constitucional y no en una Ley.
Además el diputado consideró que no es necesario dar tales a beneficios a un funcionario de segundo rango y remarcó que tampoco tienen la facultad de hacerlo, “los ministros son funcionarios como cualquier otro” expresó.
Por último cuestionó que si se quiere aspirar a luchar contra la corrupción, otorgar este tipo de inmunidad es una forma indirecta de “crear impunidad”.
La Cámara Federal de Apelaciones de Salta rechazó una nueva impugnación de la defensa y dejó firme la solicitud de desafuero del legislador, investigado por peculado de servicio y abuso de autoridad.
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