Desregulación del Código Alimentario: qué pasará con los carnets de manipulación

El Decreto 697/2026 reorganiza los controles sanitarios y modifica un requisito que alcanza a trabajadores de cocinas, comercios y establecimientos gastronómicos.
 
Argentina03/08/2026Ivana ChañiIvana Chañi

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El Gobierno nacional reformó el sistema de control de alimentos y modificó las condiciones de los carnets obligatorios para quienes trabajan en su elaboración, preparación y comercialización.

La medida fue oficializada este lunes 3 de agosto en el Boletín Oficial mediante el Decreto 697/2026, que introdujo cambios en el Código Alimentario Argentino y concentró nuevas facultades en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Entre sus efectos más directos, la norma establece que los carnets de manipulación de alimentos tendrán validez en todo el país y no vencerán una vez otorgados. Las autoridades sanitarias conservarán la facultad de emitirlos y cobrar la tasa correspondiente.

Qué ocurrirá con los carnets vigentes

El decreto no detalla si quienes poseen un carnet con fecha de vencimiento deberán renovarlo por última vez o si su validez se extenderá automáticamente.

Tampoco define cómo adaptarán las provincias y municipios sus sistemas de capacitación, emisión y cobro. Esos aspectos deberán ser aclarados por las autoridades sanitarias de cada jurisdicción.

Una reforma más amplia

El cambio forma parte de una reorganización que coloca al Senasa como organismo central para registrar, controlar y fiscalizar alimentos y establecimientos. La norma también modifica los procedimientos para importar productos, habilitar registros y realizar inspecciones.

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