Alerta alimentaria: ANMAT detecta contaminación en fórmulas para bebés

Los lotes de NAN Optipro y Alfamino fueron afectados por Bacillus Cereus, bacteria que puede provocar diarrea, vómitos y fiebre en lactantes.
Sociedad06/01/2026

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó este martes que Nestlé Argentina S.A. inició un retiro voluntario y preventivo de varios lotes de fórmulas lácteas en polvo para lactantes.

La medida afecta productos de elaboración nacional y un lote importado, distribuidos en la provincia de Santa Fe y con fechas de vencimiento entre diciembre de 2026 y junio de 2027. Entre las marcas involucradas se encuentran Nestlé NAN Optipro 1 c/HMO en presentaciones de 400 y 800 gramos, y Nestlé Alfamino, proveniente de Suiza.

El retiro se produjo tras detectarse la presencia de la bacteria Bacillus Cereus, capaz de generar toxinas como la Cereulida, que pueden ocasionar intoxicaciones alimentarias y cuadros de diarrea, náuseas, vómitos, dolor abdominal y fiebre en lactantes a las pocas horas de consumir productos contaminados.

La ANMAT detalló que la bacteria puede encontrarse en el suelo y el agua, y es reconocida por su capacidad para formar esporas resistentes a condiciones adversas.

Según la autoridad sanitaria, el retiro comprende los siguientes lotes: en la presentación NAN Optipro 1 c/HMO de 400 g, los lotes 517628872A (vencimiento 31/12/2026), 524128872A (28/02/2027) y 524728872A (31/03/2027); en la de 800 g, los lotes 517628872A (31/12/2026), 522828872A (28/02/2027), 524128872A (28/02/2027), 528928872A (30/04/2027), 528928872B (30/04/2027), 529028872A (30/04/2027), 533228872B (31/05/2027) y 533328872A (31/05/2027); y en el caso del alimento importado Alfamino de 400 g, el lote 51690017Y1 (30/06/2027).

La ANMAT recomendó a la población abstenerse de consumir estos productos si los tienen en su poder y a los comercios, tanto físicos como virtuales, retirarlos de la venta y comunicarse con los proveedores. Para consultas, la empresa puso a disposición la línea telefónica 0800-999-8100 (opción 3) y el correo electrónico.

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Hace unos meses, el organismo prohibió la venta y distribución en todo el territorio nacional de los productos Mami Keto. La medida afecta al “Pan premium keto y vegano, hecho con harina de almendras con mix de semillas”, además de otros seis productos de la misma marca, sin distinción de presentación, lote ni fecha de vencimiento.

La investigación comenzó luego de que un consumidor presentara una consulta ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), tras haber adquirido el pan “keto y vegano” a través del sitio web de la marca y manifestar dudas respecto de su autenticidad. El Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL detectó en la página web de Mami Keto dos domicilios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde se comercializaban estos productos. Durante la revisión de los rótulos, los inspectores advirtieron la falta de registros sanitarios y de información que permitiera identificar el origen del alimento.

En este contexto, inspectores de la DGHySA se presentaron en uno de los domicilios consignados y constataron la comercialización no solo del pan investigado, sino también de los siguientes productos de Mami Keto: “Yogur griego natural” en presentaciones de 170, 380 y 720 gramos, “Pepas keto” de 140 gramos, “Budín keto” de 400 gramos, “Alfajor keto” de 100 gramos, “Cookies keto” de 125 gramos y “Crackers keto” de 110 gramos. Todos estos artículos fueron decomisados de inmediato debido a la falta de rotulación adecuada y de registros sanitarios.

Así, determinaron que los productos se encontraban en infracción, ya que carecían de registros sanitarios tanto de establecimiento como de producto. Por este motivo, los calificó como productos apócrifos. El dictamen técnico indicó que, “por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”.

La disposición de la ANMAT se basó en la recomendación técnica del INAL, que sugirió la prohibición total de la elaboración, fraccionamiento y comercialización de todos los productos de la marca mencionada, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, tanto en comercios físicos como en plataformas de venta en línea.

Con información de Infobae

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