Acoso escolar: padres o tutores del victimario serán responsables ante la Justicia

Senadores aprobaron la incorporación de un artículo al Código Contravencional en el que se establece que, en casos de acoso escolar, padres o tutores del victimario deberán responder ante la Justicia por los hechos.

Salta04/12/2025

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En sesión ordinaria, el Senado de la Provincia aprobó el proyecto de ley que prevé la incorporación de un artículo al Código Contravencional que brinda herramientas contra el incumpliendo de los deberes parentales en caso de acoso escolar o bullying.  

En este sentido, la senadora representante de Anta, Alejandra Navarro, explicó que se busca dotar al Estado provincial de una herramienta específica para intervenir cuando las personas persisten en la actitud de omitir o resistir las citaciones de las escuelas para informarles sobre los comportamientos abusivos del menor a su cargo.

“Esto contribuye a la continuidad del hostigamiento y al vulneración de derechos fundamentales”, indicó.

Observó, en tanto, que de un tiempo a esta parte las situaciones de acodo escolar se han tornado más graves y advirtió que ello daña el desarrollo psicoemocional de los niños, ya que el hostigamiento reiterado genera secuelas que exceden el ámbito escolar; el bullying produce abandono escolar, depresión autolesiones y hasta conductas suicidas, apuntó la legisladora.

Asimismo, Navarro resaltó que hay muchos adultos responsables de menores que minimizan el alcance de los hechos, desautorizan a las escuelas, se niegan a participar de reuniones o a acompañar psicológicamente al victimario.

“Cuando esta actitud se mantiene, el Estado no tiene hoy una herramienta para exigir el cumplimiento de los deberes parentales en el ámbito escolar. Eso deja en situación de vulnerabilidad a la víctima y al menor agresor”, sostuvo la senadora, y precisó que, al ser reconocido el acto de omisión como contravención, el juez puede dictar hasta 30 días de arresto o multa, con la facultad de agravar la sanción en caso de reincidencia, disponiendo la concurrencia obligatoria del adulto a talleres de paternidad responsable.

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