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El gobierno nacional recusó al juez federal González Charvay en el expediente donde el magistrado admitió el trámite colectivo de un amparo contra un artículo del decreto que había dejado en suspenso la aplicación.
Política21/11/2025
“La sentencia dictada el 5 de este mes ha incurrido en prejuzgamiento toda vez que se pronunció sobre aspectos que constituyen el fondo de la cuestión litigiosa como, por ejemplo, al sostener que el Decreto N° 681/25 suspendió la Ley N° 27.793 [la ley de emergencia en discapacidad] cuando, precisamente, la postura fundamental de esta parte –contrariamente a lo sostenido por la contraria– es que ello no es así. Dicha irregularidad motiva la recusación con causa", sostuvo la presentación de la Procuración del Tesoro, que reúne a los abogados del Estado.
En agosto pasado, González Charvay ya había declarado inválido el veto del presidente Javier Milei a la ley de emergencia en discapacidad.
Después, a principios de septiembre pasado, la oposición en el Senado sostuvo la ley de emergencia en discapacidad. La insistencia fue acompañada por casi todo el arco opositor.
La norma, sancionada a inicios de julio y que había sido vetada por el Presidente, actualiza aranceles de prestadores y crea una pensión no contributiva por discapacidad equivalente al 70% del haber mínimo jubilatorio. Las pensiones por invalidez laboral vigentes pasan automáticamente a ese esquema, con acceso garantizado a un programa de atención médica. También ordena regularizar deudas del sistema de salud con los prestadores.
Tras el voto del Senado, el 22 de septiembre pasado el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la ley, pero indicó que su aplicación solo será posible una vez que se aprueben las partidas en el presupuesto nacional.
En los considerandos del decreto se advirtió que el impacto fiscal estimado de la norma asciende a $3,02 billones para el período 2025-2026, lo que representa 0,35% del Producto Bruto Interno, y que el Congreso no especificó las fuentes de financiamiento como lo exigen la Ley de Administración Financiera y la Ley 24.629 de normas complementarias del presupuesto.
Por otra parte, el Decreto 681/2025 señala que la creación de la Pensión no Contributiva por Discapacidad para Protección Social demandaría $2,16 billones en 2025, equivalentes al 0,26% del PBI, y $4,7 billones en 2026, un 0,47% del producto. Además, calculó que el Programa Incluir Salud, que otorga cobertura médica a los beneficiarios de pensiones, implicaría $574.200 millones este año y $1,23 billones el próximo, mientras que la compensación económica a prestadores significaría otros $278.323 millones.
Según se desprende del expediente judicial, tras el decreto del Poder Ejecutivo Nacional, “O.G.J y D.R.N en representación de sus hijos menores de edad” se presentaron en el Juzgado Federal de Campana e iniciaron una “acción de amparo colectivo contra el Estado Nacional con el fin de que se declare la inconstitucionalidad e inconvencionalidad [sic] del artículo 2° del Decreto N° 681/2025″, publicado en el boletín oficial.
El 5 de este mes, el juez González Charvay rechazó el planteo de “falta de legitimación activa y de representación colectiva” formulado por el Ministerio de Salud de la Nación y determinó los alcances del “colectivo”. Esa decisión hizo que el gobierno nacional lo recusara.
La Nación

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