Préstamos online: un hombre fue incluido como deudor por un crédito que nunca pidió

La Justicia comprobó que la operación se hizo con un número de WhatsApp ajeno al titular. El Dr. Napoleón Gambetta analizó la importancia de verificar la identidad en las operaciones digitales.

Sociedad06/11/2025Agustina TolabaAgustina Tolaba

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En su habitual columna por Aries, el Dr. Napoleón Gambetta analizó un fallo emitido el 19 de agosto de 2025 por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de Buenos Aires, que podría marcar precedente en materia de contratación digital y protección al consumidor.

El caso gira en torno a un préstamo que una persona desconoció haber solicitado, pese a que el dinero fue acreditado en su cuenta bancaria. Según relató Gambetta, el crédito había sido otorgado por la entidad Patagonia Cred S.A. a través de un proceso que se realizó íntegramente por WhatsApp y correo electrónico, sin la presencia física del cliente ni la firma de un convenio tradicional.

“La persona se enteró de la deuda cuando fue a sacar un préstamo bancario y le informaron que figuraba como deudor moroso. Al investigar, descubrió que supuestamente había solicitado dinero por WhatsApp, algo que él negó rotundamente”, explicó el abogado.

Durante el juicio se comprobó que el número de teléfono utilizado no pertenecía al titular y que, aunque el dinero efectivamente se había depositado en su cuenta del Banco Patagonia, nunca fue utilizado.

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El letrado remarcó que tanto en primera instancia como en cámara se determinó que se trataba de una relación de consumo y que la responsabilidad recaía en la entidad prestamista, al no haber verificado debidamente la identidad del supuesto solicitante.

“Uno de los argumentos del banco fue que el cliente debía demostrar que no había pedido el préstamo, pero el tribunal señaló que quien está en mejores condiciones de probar la autenticidad de la operación es la empresa que presta el dinero”, subrayó Gambetta.

El fallo concluyó que la entidad no acreditó la verificación de identidad, ni la autenticidad del número telefónico ni la adopción de medidas de seguridad adecuadas, por lo que el préstamo fue declarado nulo y la persona fue liberada de la deuda.

“Es un caso importante porque muestra los riesgos de las operaciones digitales y cómo los tribunales comienzan a exigir a las empresas que extremen los controles antes de otorgar créditos”, cerró el Dr. Gambetta.

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