
A partir del 1 de julio, las prestaciones de rehabilitación estarán homologadas de acuerdo a lo establecido por la Ley Nacional 24.901, normativa que regula el sistema de prestaciones básicas para personas con discapacidad.
El Concejo Deliberante capitalino aprobó modificaciones a la Ordenanza 14.530 y, de esta manera, añadió restricciones para quienes adeuden cuotas alimentarias. Así, no podrán autorizar inscripciones y realizar habilitaciones, entre otras acciones.
Salta07/05/2025En sesión ordinaria, el Concejo Deliberante de la Ciudad aprobó el proyecto que modifica la Ordenanza 14.530 y añade, de esta forma, más restricciones a quienes adeuden cuotas alimentarias.
“Esta ordenanza nos permite seguir apostando a la defensa de los Derechos Humanos, principalmente, los derechos de niños, niñas y adolescentes”, aseguró el concejal Gustavo Farquharson al momento de informar sobre el proyecto; “es una problemática que ha aumentado en el mundo y nuestra ciudad y provincia no están exentas”, completó.
Recordó, en tanto, que la Provincia aprobó la ley que genera el Registro de Deudores Alimentarios y que, a partir de él, se pueden conocer la cantidad de progenitores que no cumplen con la obligación alimentaria para con sus hijos.
“A través de sentencias judiciales se estipula una suma de acuerdo a la situación del progenitor, pero esa cuota alimentaria muchas veces no se cumple. El incumplimiento constituye una grave vulneración a los derechos”, señaló el edil.
Aseguró que la ordenanza busca que la Ciudad sea “un poco más justa” y reducir la cantidad de mujeres que no reciben los aportes necesarios para la crianza de sus hijos.
“Apuntamos a cumplimiento total y esto buscar ser una herramienta disuasiva”, sentenció Farquharson.
Cabe aclarar que las restricciones impuestas a partir de la aprobación del proyecto hacen referencia a distintas instancias municipales: autorizar sus inscripciones, altas, bajas, transferencias, habilitaciones, concesiones, contrataciones, expedición de permisos de cualquier índole; inscribirlos en cursos, capacitaciones municipales programas de becas; conceder eximiciones, condonaciones o beneficios mediante planes de pago de cualquier naturaleza; y designar y/o contratarlos para desempeñar funciones en cualquier área como personal temporario. En este último caso, se prevé un plazo de 30 días para la regularización de la situación, prorrogable por única vez.
A partir del 1 de julio, las prestaciones de rehabilitación estarán homologadas de acuerdo a lo establecido por la Ley Nacional 24.901, normativa que regula el sistema de prestaciones básicas para personas con discapacidad.
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