
El Gobierno firmó el decreto sobre el bono de $60 mil para los trabajadores

El presidente Alberto Fernández firmó este miércoles el decreto de una asignación no remunerativa para los trabajadores que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado de 60.000 pesos, en dos cuotas de 30.000 pesos con "los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre" próximos.
Según el Decreto de Necesidad y Urgencia presidencial 438/2023, la asignación será otorgada "por única vez" para trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en Jurisdicciones y Organismos del Poder Ejecutivo Nacional y en el Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
El decreto, firmado por todo el Gabinete nacional, establece que la partida será abonada por los sujetos empleadores en dos cuotas de 30.000 pesos con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre próximos.
También se suma una asignación no remunerativa para los trabajadores del Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares de 25.000 pesos, que será abonada por los sujetos empleadores en 12.500 pesos con los salarios devengados en agosto y septiembre próximos.
La asignación no remunerativa dispuesta se aplicará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, inferiores a 400.000 pesos o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional.
La asignación no remunerativa dispuesta en los artículos se aplicará a los trabajadores que perciben "salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al devengado en agosto último, inferiores a 400.000 pesos o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador fuere inferior a la jornada legal o convencional".
Es decir, el monto mensual de la asignación no remunerativa dispuesta será equivalente a 30.000 pesos para los trabajadores que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, menores o iguales a 370.000 pesos; o la diferencia entre 400.000 pesos y los salarios netos superiores a 370.000 pesos correspondientes al devengado en el este mes.
Fuente: Cadena 3

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