Diputados sancionó la Ley de Intervención a Salvador Mazza

Luego de un extenso debate, la Cámara de Diputados de Salta aprobó el proyecto de ley en revisión y sancionó en definitiva la intervención del departamento ejecutivo del municipio norteño de Salvador Mazza. La votación no fue unánime.

Política19/10/2021

sesion 19 oct

Como estaba previsto, el debate fue amplio y por momentos se plantearon acusaciones paralelas tal fue el caso del diputado de Rosario de la Frontera. 

Además, la diputada capitalina Cristina Fiore cuestionó el proyecto y solicitó autorización para abstenerse y la Cámara accedió al pedido. Por su parte, el diputado Claudio del Pla, votó en contra de la intervención argumentando en favor de su proyecto de creación de una Comisión Investigadora parlamentaria. 

De todos modos, el proyecto fue sancionado en ambas cámaras legislativas con la mayoría exigida por la Constitución Provincial.

La ahora Ley de Intervención, plantea que la misma se extenderá hasta diciembre de 2023. Además, faculta al Poder Ejecutivo provincial a designar a un comisionado interventor, el cual asumirá en los próximos días.

La ley sancionada:

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY 

Artículo 1°.- Interviénese, el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Profesor Salvador Mazza, hasta el 10 de diciembre de 2023, con encuadre en el artículo 179 inciso 2) de la Constitución Provincial.

Artículo 2°.- El Intendente en ejercicio cesará en su cargo a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.

Artículo 3°.- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial  a designar  al Comisionado Interventor en el Departamento Ejecutivo Municipal de Profesor Salvador Mazza, con las atribuciones que la Constitución Provincial y las Leyes de la Provincia le confieren al órgano intervenido.

Artículo 4°.- La Intervención se extenderá hasta la asunción del nuevo Intendente Municipal que resultare electo en las próximas elecciones provinciales del año 2023.

Artículo 5°.- La presente Ley entrará a regir el día de su promulgación.

Artículo 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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