Mayorías Totales

Está claro que la democracia requiere, desde siempre, un adecuado funcionamiento de la regla mayoritaria. Tanto como una efectiva participación de las minorías.

Opinión11/10/2021 Armando Caro Figueroa

voto sombra

Armonizar mayorías y minorías, dando a cada uno lo suyo, hace a la salud, a la calidad y a la eficacia de cualquier república (o incluso monarquía) democrática. 

Está claro que la regla electoral democrática es aquella que pondera a quién obtiene mayor cantidad de voto, sin excluir ni castigar a las minorías. 

Dos acontecimientos recientes muestran los límites y contrastes que presenta la democracia en Salta.

Para ilustrar el primer caso, recordaré el reciente ejemplo dado por los socios del Consejo Profesional de Ciencias Económicas que en numero significativo concurrieron a las urnas para elegir a sus autoridades. Lo hicieron en el marco de un Estatuto que garantiza la presencia de las minorías en los cuerpos directivos. Y acaban de constituir una Junta que incorpora vocales de las tres listas participantes. 

El caso contrasta con las elecciones que periódicamente convoca el Colegio de Abogados de Salta en donde rige, desde los tiempos de la última dictadura, la ley del “toma todo” que premia en exceso a la ocasional mayoría y margina a todas las minorías. 

Insisto: el Colegio de Abogados, mi Colegio desde hace casi 60 años, llamado a defender a los profesionales sin distinción de ideologías ni condición social, y a irradiar luz democrática, funciona con una ficción representativa.

Pero hay un dato más: La semana pasada en distinguido diputado oficialista rechazó la idea de reformar la Ley constitutiva del Colegio argumentando que la presencia de las minorías “desordenaría” la vida del ilustre Colegio.

El segundo acontecimiento al que quiero referirme sucedió en las cercanías del recinto de la Convención Constituyente provincia. 

En un debate entre oficialistas (vale decir, constituyentes que responden al señor Gobernador) y opositoras, una distinguida e histórica portavoz del Poder Ejecutivo de turno, invocó su condición mayoritaria para sostener que la Convención no puede introducir cláusulas, matices, resguardos ni comas por fuera de la voluntad del señor Sáenz.

Citó (en latín, como no), reglas del Derecho Romano. Esgrimió razones en contra de la soberanía de la Asamblea Constituyente. Y se ufanó de su presunta condición mayoritaria total.

La señora CALETTI ignora, pese a sus pergaminos, que la mayoría que ostenta su bloque es una creación artificial de la Ley electoral y no del voto igual de los salteños. Debiera saber que los votos del oficialismo están sobrerrepresentados en la Asamblea Constituyente, en tanto y en cuanto en Salta no rige el principio de igual valor del voto.

La portavoz de la mayoría actúa desde la antidemocrática visión del “toma todo”. Sigue creyendo que quién saca un voto más que sus oponentes expresa a todos los salteños, usurpando la voluntad de los que votaron por las listas no oficialistas. 

Los dos ejemplos aquí presentados me permiten sacar un par de conclusiones personales. 

La primera es la existencia de reglas electorales que en unos casos excluyen a las minorías (en el caso del Colegio de Abogados), y en otro adulteran el voto ciudadano otorgando mas bancas a la ocasional mayoría (es el caso de Salta donde no rige el principio de igual valor del voto). Todo con la complicidad de la Corte de Justicia, verdadera clave de bóveda de nuestras pobres instituciones.

La segunda conclusión muestra la estrechez conceptual de los portavoces de la ocasional mayoría, que defienden una democracia renga, la democracia del toma todo. Quienes gobiernan, legislan o se sitúan en el vértice del Poder Judicial a lo largo de los últimos 26 años descreen de la democracia moderna, en tanto rechazan o devalúan la presencia de las minorías en asambleas o cuerpos directivos.

Termino aquí, recordando que hoy es un día, un espléndido día, para el ocio y las buenas ondas.    

Muchas gracias y hasta la semana que viene.

Vaqueros, 11 de octubre de 2021.

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