
Con puntualidad se están encarando las acciones propias del cierre del año. Las prórrogas de emergencias vigentes en la Provincia han comenzado a tratarse en la Legislatura como sucede, en algunos casos, desde hace tres décadas.


No tienen clases presenciales, muchos han perdido todo contacto con su colegio y se sospecha que han abandonado sus estudios, no tendrán cena de egresados ni viaje de fin de curso pero han alcanzado un logro muy importante, por el que venían militando. Los estudiantes secundarios, si no media un veto represor, tendrán su centro representativo autónomo. El mismo tipo de institución podrá formarse en establecimientos de educación superior y modalidad adultos, sean de gestión estatal o privada.
Opinión27/11/2020
El Senado de la Provincia convirtió este jueves en ley una iniciativa que reconoce a los estudiantes de estos tres niveles el derecho a constituir centros de estudiantes autónomos, conforme a la Ley Nacional 26.877, vigente desde 2013. Justamente esta Cámara dejó dormir una media sanción de Diputados, lograda a instancias del Partido Obrero en 2017. En octubre del año pasado fue la bancada del PJ la que empujó para que, al menos, estas instituciones se ajusten al perfil que diseña la ley nacional, que encomienda a las autoridades jurisdiccionales y a las instituciones educativas -de niveles secundario y terciario- el reconocimiento y el impulso de las organizaciones defensoras de los derechos estudiantiles.
La sanción de ayer deroga la Ley 6.616, que rigió durante los últimos 30 años desalentando, obstaculizando o, al menos, quitando vigor a la conformación de los centros estudiantiles que, a tenor de las intervenciones senatoriales, son semilleros de la dirigencia política, verdaderas escuelas de prácticas democráticas. En el articulado de la norma que se derogó se establecían amplias competencias a estas entidades respecto de la representación que debían sostener pero el despliegue de facultades encontraba un cuello de botella al momento de definir los estatutos de funcionamiento.
Es que si bien se daba libertad para la fijación de objetivos, para la organización interna y en todos casos contemplando la participación de todos los alumnos mediante el voto secreto, universal y directo, el estatuto debía ser remitido al Ministerio de Educación quien tenía el derecho de supervisar su adecuación a la legislación pertinente. Ese era en realidad un cepo para permitir solo aquello que concurriera a mantener la estructura de escuela autocrática, como es la salteña.
El trámite que contempla la nueva ley solo exige constituir centros de estudiantes autónomos, conforme a la norma nacional. Las autoridades jurisdiccionales deberán reconocerlos como órganos democráticos de representación estudiantil y garantizar las condiciones institucionales para su funcionamiento.
Bajo su cobijo los estudiantes deberán formarse en los principios y prácticas democráticas, republicanas y federales, así como en el conocimiento y la defensa de los derechos humanos. Y entre otras prácticas virtuosas deberán afianzar su derecho a la libre expresión de sus ideas dentro del pluralismo que garantizan la Constitución Nacional y las leyes y contribuir al cumplimiento de las garantías vinculadas al derecho de aprender y al reconocimiento de la educación como bien público y derecho social.
La educación no es solo el acceso al conocimiento científico sino la comprensión plena de la naturaleza humana, que es esencialmente social. Y en su desarrollo es el principio de la instauración de un clima institucional democrático, como dice la norma nacional inspiradora.
La palabra la tendrán ahora los jóvenes.
Salta, 27 de noviembre de 2020

Con puntualidad se están encarando las acciones propias del cierre del año. Las prórrogas de emergencias vigentes en la Provincia han comenzado a tratarse en la Legislatura como sucede, en algunos casos, desde hace tres décadas.

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