
El crimen fue cometido por cuatro personas con el rostro cubierto, que se movilizaban en dos motocicletas y dispararon reiteradamente contra la víctima.
La fiscal penal Verónica Simesen de Bielke, requirió ante el Juzgado de Garantías 6, la elevación a juicio contra el exintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo, acusado de cuatro hechos por incumplimiento de los deberes de funcionario público y peculado en concurso real y en carácter de autor por 84 millones de pesos.
Judiciales25/11/2020En la misma causa fue imputada la exsecretaria de Hacienda de ese municipio, Carmen Rosa Méndez, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y peculado, en concurso real y en calidad de autora.
El informe de la Auditoria General de la Provincia, dio cuenta de la inexistencia de la documentación respaldatoria de los gastos efectuados, del incumplimiento de la normativa financiera y la transparencia de la gestión pública en el manejo de fondos, además de la falta de registración contable que permitiera establecer el destino real de los fondos asignados durante su gestión y además, controlar la legitimidad del gasto.
De la documentación aportada por el denunciante y actual intendente, Carlos Héctor Folloni, surgió la falta de registros contables de fondos municipales de los períodos 2017-2019.
La fiscal Simesen de Bielke, tuvo por acreditada la participación el exjefe comunal en el delito de peculado en cuatro hechos. El primero ocurrió el 30 de agosto de 2018, cuando el imputado adquirió -en beneficio personal- una camioneta Chevrolet S10, dominio AC840GK, que fue abonada con fondos municipales, a través del libramiento de dos cheques girados sobre la cuenta de titularidad del Municipio por la suma de $ 750.000. El vehículo fue inscripto a nombre de Gonzalo Fernando Cornejo, según consta en el formulario 08 secuestrado.
Surgió como segundo hecho que el imputado Cornejo, a pocos días de finalizar su mandato como Intendente, sustrajo maquinaria pesada y otros bienes muebles, que fueron llevados a una finca, con el fin de evitar ser descubiertos. Es que el 2 de diciembre de 2019, Cornejo firmó un contrato de locación de un predio de 3000 metros cuadrados del Loteo Pucará de Rosario de Lerma, donde depositó las maquinarias que luego fueron secuestradas y que según expresó verbalmente Cornejo, le pertenecían.
De la declaración del titular del predio, surgió que Cornejo le pidió un sector de la finca para guardar la maquinaria, a fines de noviembre o principios de diciembre de 2019, sin darle mayores explicaciones.
Por otra parte, la fiscal tuvo por acreditada la participación punible de Cornejo en el tercer hecho, que surgió de las declaraciones testimoniales y de la documentación hallada en el municipio, que prueban la sustracción de fondos municipales para ser entregados en forma discrecional; a razón de $500 a las personas que lo solicitaran como ayuda social, sin verificar la existencia real de dicha necesidad. Surgió de los recibos, que no se estableció ni el beneficiario ni el monto que se otorgaba, por lo que la maniobra fue utilizada para disponer libremente de fondos municipales en beneficio propio.
Por último, se tuvo por acreditado un cuarto hecho, mediante constancias del Banco Macro, que el imputado extrajo a través de diversas personas, fondos municipales sin haberse podido determinar el destino asignado y que llevó a cabo la misma maniobra respecto de los fondos depositados en el Banco Patagonia. Sobre estos últimos, se giraron cheques con extracciones de sumas de dinero del municipio y se constituyeron plazos fijos, con los consecuentes beneficios financieros.
Luego, se extrajeron los fondos públicos que no ingresaron al municipio sin haberse podido determinar tampoco su destino real, dada la inexistencia de un circuito administrativo y respaldo documental. Ello produjo un grave perjuicio al erario municipal, del orden de los $84.000.000 (ochenta y cuatro millones de pesos). A esto se sumó que para justificar el retiro de esos fondos, se ordenó a los auxiliares de tesorería que se imputaran a la cuenta “gastos reservados”, según surgió de distintas declaraciones.
Sin embargo, tales declaraciones no son las únicas pruebas que permiten sostener la comisión del hecho, sino que además, hay copias de los cartulares que eran emitidos a la orden de la imputada Carmen Rosa Méndez y luego endosados para ser cobrados por los empleados del Municipio, quienes concurrían a la entidad bancaria del Banco Patagonia ubicada en la rotonda de Limache, por orden de la acusada, para traer dinero para el “doctor”, en referencia a Cornejo.
La maniobra también fue acreditada con los mensajes extraídos del teléfono celular del acusado, de los que surgió la maniobra descripta: esperar la trasferencia de fondos nacionales o provinciales, transferirlos a la cuenta del Banco Patagonia, constituir plazos fijos para generar intereses y luego disponer de esos fondos, los que incluso, fueron retirados en bolsos, meses antes de finalizar su mandato.
Todo los descripto, dio cuenta que tanto Cornejo como Méndez, desplegaron conductas penales típicas del peculado, pues eran quienes tenían a su cargo la administración y custodia de los caudales públicos, de los que se apropiaron y que les correspondía administrar, con abuso del poder de Cornejo en disponibilidad que le fuera otorgado en razón de su cargo y con el consiguiente quebranto para las arcas públicas.
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