
Régimen Penal Juvenil: Defensores oficiales anticipan que habrán presentaciones por “inconstitucionalidad”

A días de la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil, previsto para el 5 de septiembre, el defensor penal N.º 1 de Salta, Carlos Flores, adelantó a Aries que se sabe que harán presentaciones judiciales una vez que entre en vigencia. Aseguró que los defensores penales juveniles de todos el país coinciden en su inconstitucionalidad.
"Los defensores penales juveniles consideramos inconstitucional la baja de la edad de punibilidad", aseguró Flores. La objeción central apunta a la ley nacional 27.801, que modifica el régimen penal juvenil y baja la edad de punibilidad de 16 a 14 años.
Según explicó, esa postura —que dijo compartir con sus colegas de todo el país— se basa en tratados internacionales de derechos humanos suscriptos por la Argentina, que prohíben reducir el nivel de protección de las infancias una vez otorgado. "Es contra el principio de no regresividad establecido en los tratados internacionales de derechos humanos, que prohíben a los Estados —como una garantía a los ciudadanos— que una vez que se han otorgado determinados derechos no se los disminuyan", afirmó.
Qué cambia en la práctica
Antes, la punibilidad regía desde los 16 años y solo para delitos con penas superiores a los dos años de prisión. Un joven mayor de 16 que cometía un delito grave era privado de su libertad mediante prisión preventiva, pero la pena recién se le aplicaba al cumplir los 18 años.
Ahora, desde los 14 años los adolescentes pueden ser sometidos a proceso penal y también cumplir la pena de inmediato, sin esperar a la mayoría de edad. Flores lo graficó así: un adolescente de 14 años involucrado en un homicidio "seguramente va a ser privado de su libertad y la pena muy probablemente se le aplicará en el corto plazo, es decir, mientras tenga 14 o 15 años de edad".
Aclaró, de todos modos, que antes de llegar a la sanción más gravosa existen medidas intermedias: llamado de atención, prohibición de conducir vehículos, prohibición de acercamiento a la víctima, prestación de servicios a la comunidad o monitoreo electrónico.
Asimismo el defensor destacó aspectos positivos de la reforma: una pena máxima de 15 años de prisión para los delitos más graves, y la obligación de que los lugares de detención estén separados de donde cumplen condena los adultos, con dispositivos que garanticen educación, salud y reinserción social para los jóvenes.
Falta de recursos
Más allá de la edad de punibilidad, Flores anticipó dificultades para implementar el nuevo régimen que se aplicará solo en el distrito centro, en los que solo dos lugares reúnen condiciones adecuadas para alojar adolescentes: Castañares y el Instituto del Tránsito. A eso se suma la falta de defensores penales juveniles, hoy limitados a dos en ese mismo distrito, aunque se está reforzando el equipo.
Flores relativizó además el peso real de la cantidad de delitos cometidos por adolescentes de esa edad: “la participación de adolescentes en delitos graves es marginal frente a la población adulta”. Además, destacó que se trata de adolescentes en situaciones de vulnerabilidad y adicciones.


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